Venezuela vive hoy una apertura política que durante años pareció imposible. La captura de Nicolás Maduro ha trastocado el tablero y la historia del país, y abierto una ventana —todavía estrecha y frágil— hacia la posibilidad de un cambio definitivo de rumbo que nos conduzca a la democracia. Es un momento que exige claridad, rigor y memoria. Es, también, el momento en que TalCual cumple 26 años haciendo periodismo.
Este medio nació para acompañar a Venezuela en sus momentos más decisivos con periodismo independiente, sin titubeos y sin compromisos con el poder.
Hoy pensamos en la Venezuela que viene. Una que debe reinventarse fuera de los esquemas autoritarios que la atraparon durante dos décadas. Somos parte de ese esfuerzo.
Por eso, en este mes aniversario de TalCual presentamos nuestra edición especial 26 tareas para la restitución democrática de Venezuela, una hoja de ruta para construir el país posible con el aprendizaje que nos ha dejado vivir y relatar el devenir nacional durante estos 26 años.
Las tareas están organizadas en cinco bloques según su ámbito de acción, con una Tarea 26 que requiere del tesón ciudadano y la construcción de acuerdos de amplia base.
En TalCual seguimos hablando Claro y raspao en favor de la construcción de una Venezuela plenamente democrática.
“Un preso de conciencia
que recupera la libertad
es una victoria para todos"
Félix Maradiaga, expreso político nicaragüense.
La “existencia de un preso político ya da cuenta de un sistema democrático que está quebrado”, dice la abogada Martha Tineo. Bajo esta premisa y lo que dicta la propia Constitución sobre la inviolabilidad de la libertad personal (art. 44), el Estado venezolano tiene una deuda enorme que, hasta ahora, no ha podido subsanar.
Todo empieza por un reconocimiento que las autoridades no han hecho. Según Amnistía Internacional, los presos de conciencia son aquellos encarcelados o sometidos a otras formas de privación de libertad “por ser quien es” o “por creer en lo que cree”, sin que hayan “usado la violencia ni propugnado la violencia ni el odio en las circunstancias que condujeron a su detención”.
Hasta ahora, las excarcelaciones o el otorgamiento de libertades plenas vía Ley de Amnistía no son suficientes. Las primeras porque no garantizan el concepto real de libertad, mientras que la segunda, tal como fue aprobada el 19 de febrero, dejó por fuera a centenares de personas, especialmente a aquellos vinculados a causas militares.
Entonces, ¿cómo lograrlo? Es aquí donde cobran relevancia los Principios de Joinet sobre derecho a la verdad, justicia y reparación, o los estándares de justicia transicional desarrollados por el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, además de documentos de las distintas Relatorías, sobre justicia transicional.
Esa “receta”, además de reconocimiento a las víctimas, implica en el caso venezolano admisión de la existencia de un aparato para reprimir políticamente, que debe ser desmontado. Investigaciones judiciales independientes, sobreseimientos de causas, anulación de condenas; reparaciones a los afectados, teniendo en cuenta el impacto diferenciado en mujeres y adolescentes; y garantías de no repetición de graves violaciones de derechos humanos deben darse.
“La causa de los presos políticos no es solo una cuestión moral. También es estratégica para el futuro de la democracia. Si aceptamos que encarcelar opositores es normal, estaremos entregando terreno vital a la autocracia”, advierte el ex preso político nicaragüense Félix Madariaga.
“Que haya un juez independiente
e imparcial que pueda ordenar
la libertad y cuerpos
de seguridad que acaten"
Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia.
El habeas corpus, el derecho a que un juez revise de inmediato una detención y ordene la libertad si es ilegal, así la inviolabilidad del hogar, que prohíbe allanamientos sin orden judicial, son garantías diseñadas para limitar el poder del Estado y proteger a los ciudadanos. Así está establecido en los artículos 27, 44 y 48 del texto constitucional. Sin embargo, ignorar tales mandatos ha conllevado a que la libertad personal y el espacio privado hayan quedado expuestos a arbitrariedades.
El abogado Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, expone que no se trata de un problema de tramitación, sino de que “no existe un juez que se atreva” a ordenar la libertad de un detenido en Venezuela, so pena de resultar castigado por alguien más poderoso. En paralelo, persiste la práctica de allanamientos irregulares e impunes.
Las leyes ya establecen garantías, pero hacerlas efectivas requiere de la reconstrucción de la independencia judicial, con mecanismos que blinden a los jueces ante presiones externas e intentos de injerencia del poder político.
Además, hay que asegurar la ejecución efectiva de las decisiones judiciales, con sanciones reales para funcionarios que incumplan órdenes de libertad o realicen allanamientos ilegales. Para esto es clave fortalecer el rol del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo en el registro e investigación de estas arbitrariedades.
Como dice Daniels, se trata de que los cuerpos de seguridad “entiendan que pueden ser sancionados”. Cuando eso ocurra, el habeas corpus dejará de ser una promesa constitucional para convertirse en un hecho cotidiano. No como un gesto técnico, sino como el reconocimiento de que el Estado existe para proteger al ciudadano, y no para perseguirlo.
“Las comunicaciones privadas (...)
no podrán ser interferidas
sino por orden
de un tribunal competente"
Constitución de Venezuela, artículo 48.
La inviolabilidad de las comunicaciones privadas implica que ningún mensaje, dato o contenido personal pueda ser intervenido sin una orden judicial, una garantía que está diseñada para limitar el poder del Estado y proteger la vida íntima de los ciudadanos. Este derecho abarca conversaciones personales, información sensible y hasta fuentes periodísticas, indispensables para el escrutinio público.
Aunque este derecho está consagrado en la Constitución, en la práctica se vulnera de forma sistemática: prácticas como la revisión de teléfonos sin autorización, el acceso a comunicaciones privadas o el uso de información para desacreditar personas evidencian la ausencia de controles. Desde la ONG Espacio Público advierten: “Mi celular no puede ser abierto, vulnerado sin una orden judicial”.
La abogada y activista de derechos digitales Marianne Díaz Hernández ha dicho que Venezuela es uno de los últimos tres países de América Latina continental sin una ley de protección de datos personales, y que apenas existe un apartado en materia de privacidad en la Ley Privada de Telecomunicaciones y en la Constitución, pero no hay un desarrollo específico de cómo se defiende este derecho.
La Asamblea Nacional tiene que actuar al respecto y con urgencia, pues se trata de una mora luego de 25 años de tener ambos instrumentos jurídicos ya en vigencia. Para ello, sería indispensable la participación de la sociedad civil, de expertos en la materia y de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), volviendo a su rol de regulador técnico, abandonando las prácticas de control y censura de contenidos.
Para hacer efectivas estas garantías constitucionales no basta con que estén escritas en ella. Hay que construir instrumentos, resoluciones y compromisos específicos para asegurar que toda intervención de comunicaciones esté sujeta a autorización judicial efectiva, que cualquier evidencia obtenida sin ese control sea nula y que funcionarios que accedan ilegalmente a datos enfrenten sanciones. También implica establecer límites claros al uso de tecnologías de vigilancia y mecanismos de supervisión independientes que controlen a los cuerpos de seguridad.
Sin esos controles, la intimidad no es un derecho sino un privilegio que el poder concede o retira según le convenga. Protegerla es también proteger la democracia: sin comunicaciones seguras no hay ciudadanía libre.
“La libertad de expresión
es el campo donde se proyecta
el futuro y el espacio
de encuentro con la gente"
Luis Carlos Díaz, periodista y activista de DD. HH.
La libertad de prensa y de expresión en Venezuela enfrenta un estado crítico. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) enfatizó en enero de 2026 que el país vive “en un escenario marcado por la ausencia de Estado de derecho, el cierre del espacio cívico y los obstáculos al ejercicio de la libertad de expresión”. Se trata de una situación agudizada por el miedo de la ciudadanía, la difusión de propaganda oficial, los bloqueos digitales y la manipulación de contenidos con fines de desinformación.
El artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a investigar, recibir y difundir informaciones "sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión". Este principio, complementado por el artículo 57 de la Constitución venezolana que prohíbe expresamente la censura previa, constituye el marco jurídico que Venezuela ha suscrito y sistemáticamente ignorado.
El periodista y defensor de derechos humanos Luis Carlos Díaz afirma que la libertad de expresión «es uno de los termómetros que nos permiten señalar con evidencia que en Venezuela aún no hay una democracia».
Nelson Espinoza, comunicador social y profesor universitario, señala que el panorama muestra a un grupo que desdibujó su rol para convertirse en "actor de propaganda" y otro que conforma un "periodismo robustecido" que, a pesar de la crisis, ha encontrado formas de investigar y difundir información.
La recuperación democrática exige transformar el diagnóstico en una hoja de ruta institucional que comience, como señaló el Instituto Prensa y Sociedad Venezuela en su reporte 2025, con el cese de la judicialización de trabajadores de la prensa y el levantamiento definitivo de los bloqueos digitales. Esta tarea requiere derogar las leyes que criminalizan la opinión y la difusión de información, eliminando la discrecionalidad del poder que permite etiquetar el ejercicio periodístico como terrorismo o incitación al odio.
Para ello se puede aplicar el Plan de Acción de la ONU sobre la Seguridad de los Periodistas, creado como mecanismo nacional de protección a periodistas, revisar los casos de comunicadores judicializados y establecer una fiscalía especializada en delitos contra la libertad de prensa.
Por otra parte, es importante reconstruir el ecosistema informativo mediante garantías legales que aseguren el acceso a la información pública y la transparencia en la gestión estatal, permitiendo que los periodistas puedan trabajar sin censura administrativa ni técnica.
La democracia es tal cuando garantiza el derecho a informar y a estar informado. Restituir la libertad de prensa no es solo una tarea sectorial, sino la condición que hace posible que todas las demás se cumplan.
“El retorno de la calle no es solo
la recuperación de un espacio,
sino la señal de que el miedo
empieza a retroceder"
Rafael Uzcátegui, director de Laboratorio de Paz.
Una sociedad democrática es aquella donde no hay miedo a hablar, a disentir, a reunirse ni a reclamar sus derechos. La Constitución venezolana tiene al menos siete artículos que directamente garantizan el derecho de asociación, de reunión, de expresión, de manifestación pacífica, de participar en asuntos públicos, además de la libertad de conciencia.
Para que esas garantías se hagan efectivas, el sociólogo Rafael Uzcátegui, director de Laboratorio de Paz, plantea reformas en el plano institucional y social comenzando por la derogación urgente de leyes represivas y regresivas. Normas como el Decreto de Estado de Conmoción Exterior, la Ley contra el Odio o la Ley de Fiscalización de las ONG han establecido un andamiaje jurídico que cercena las libertades ciudadanas.
Pero no basta una reforma legislativa, es imperativo sustituir a los funcionarios responsables de violaciones de derechos humanos, así como reestructurar organismos policiales y militares que han sido señalados por organismos internacionales como responsables de transgredir y conculcar derechos. El acompañamiento internacional, a través de organismos de Naciones Unidas que ayuden a la aplicación de estándares internacionales, puede ser clave.
Además del marco legal, la consolidación del sistema democrático implica la reconstrucción de vínculos sociales que se han roto o debilitado por la persecución, la cárcel o el exilio de millones de venezolanos. Para lograrlo, Luis Marcano, director de Investigación y Postgrado de la Universidad San Estanislao de Kostka, en Santiago de Chile, ha dicho que la política pública deberá orientarse a facilitar el retorno voluntario de quienes deseen regresar, promover la reintegración económica y social de los migrantes y fortalecer las redes comunitarias que permitan reconstruir la solidaridad social debilitada por la crisis.
La recuperación de la confianza y la posibilidad de generar una agenda propia con incidencia política requerirá, por su parte, la incorporación activa de universidades, organizaciones sociales, comunidades locales, gremios profesionales y movimientos ciudadanos, apunta Marcano.
Casos como los programas de trabajo comunitario conjunto para afianzar y crear nuevas relaciones en Colombia, la aplicación de modelos de justicia transicional centrados en la verdad sobre las violaciones de derechos humanos para lograr la reconstrucción moral de la sociedad en Sudáfrica o transiciones enfocadas en la recuperación de la memoria colectiva y la dignificación de espacios públicos en Chile, dan cuenta de experiencias similares que han hecho esfuerzos para lograr el reencuentro social tras largos periodos de violencia y dictaduras.
En todos esos casos el denominador común fue que la reconstrucción del tejido social no ocurrió espontáneamente sino con voluntad política, recursos institucionales y tiempo. En el caso venezolano, además con el aporte de su diáspora. El retorno de la calle, como dice Uzcátegui, será la primera señal visible de que ese proceso ha comenzado.
BLOQUE 1
La “existencia de un preso político ya da cuenta de un sistema democrático que está quebrado”, dice la abogada Martha Tineo. Bajo esta premisa y lo que dicta la propia Constitución sobre la inviolabilidad de la libertad personal (art. 44), el Estado venezolano tiene una deuda enorme que, hasta ahora, no ha podido subsanar.
Todo empieza por un reconocimiento que las autoridades no han hecho. Según Amnistía Internacional, los presos de conciencia son aquellos encarcelados o sometidos a otras formas de privación de libertad “por ser quien es” o “por creer en lo que cree”, sin que hayan “usado la violencia ni propugnado la violencia ni el odio en las circunstancias que condujeron a su detención”.
Hasta ahora, las excarcelaciones o el otorgamiento de libertades plenas vía Ley de Amnistía no son suficientes. Las primeras porque no garantizan el concepto real de libertad, mientras que la segunda, tal como fue aprobada el 19 de febrero, dejó por fuera a centenares de personas, especialmente a aquellos vinculados a causas militares.
“Un preso de conciencia
que recupera la libertad
es una victoria para todos"
Félix Madariaga,
ex preso político nicaragüense.
Entonces, ¿cómo lograrlo? Es aquí donde cobran relevancia los Principios de Joinet sobre derecho a la verdad, justicia y reparación, o los estándares de justicia transicional desarrollados por el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, además de documentos de las distintas Relatorías, sobre justicia transicional.
Esa “receta”, además de reconocimiento a las víctimas, implica en el caso venezolano admisión de la existencia de un aparato para reprimir políticamente, que debe ser desmontado. Investigaciones judiciales independientes, sobreseimientos de causas, anulación de condenas; reparaciones a los afectados, teniendo en cuenta el impacto diferenciado en mujeres y adolescentes; y garantías de no repetición de graves violaciones de derechos humanos deben darse.
“La causa de los presos políticos no es solo una cuestión moral. También es estratégica para el futuro de la democracia. Si aceptamos que encarcelar opositores es normal, estaremos entregando terreno vital a la autocracia”, advierte el ex preso político nicaragüense Félix Madariaga.
El habeas corpus, el derecho a que un juez revise de inmediato una detención y ordene la libertad si es ilegal, así la inviolabilidad del hogar, que prohíbe allanamientos sin orden judicial, son garantías diseñadas para limitar el poder del Estado y proteger a los ciudadanos. Así está establecido en los artículos 27, 44 y 48 del texto constitucional. Sin embargo, ignorar tales mandatos ha conllevado a que la libertad personal y el espacio privado hayan quedado expuestos a arbitrariedades.
El abogado Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, expone que no se trata de un problema de tramitación, sino de que “no existe un juez que se atreva” a ordenar la libertad de un detenido en Venezuela, so pena de resultar castigado por alguien más poderoso. En paralelo, persiste la práctica de allanamientos irregulares e impunes.
“Que haya un juez
independiente e imparcial
que pueda ordenar
la libertad y cuerpos
de seguridad que acaten"
Alí Daniels,
director de Acceso a la Justicia.
Las leyes ya establecen garantías, pero hacerlas efectivas requiere de la reconstrucción de la independencia judicial, con mecanismos que blinden a los jueces ante presiones externas e intentos de injerencia del poder político.
Además, hay que asegurar la ejecución efectiva de las decisiones judiciales, con sanciones reales para funcionarios que incumplan órdenes de libertad o realicen allanamientos ilegales. Para esto es clave fortalecer el rol del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo en el registro e investigación de estas arbitrariedades.
Como dice Daniels, se trata de que los cuerpos de seguridad “entiendan que pueden ser sancionados”. Cuando eso ocurra, el habeas corpus dejará de ser una promesa constitucional para convertirse en un hecho cotidiano. No como un gesto técnico, sino como el reconocimiento de que el Estado existe para proteger al ciudadano, y no para perseguirlo.
La inviolabilidad de las comunicaciones privadas implica que ningún mensaje, dato o contenido personal pueda ser intervenido sin una orden judicial, una garantía que está diseñada para limitar el poder del Estado y proteger la vida íntima de los ciudadanos. Este derecho abarca conversaciones personales, información sensible y hasta fuentes periodísticas, indispensables para el escrutinio público.
Aunque este derecho está consagrado en la Constitución, en la práctica se vulnera de forma sistemática: prácticas como la revisión de teléfonos sin autorización, el acceso a comunicaciones privadas o el uso de información para desacreditar personas evidencian la ausencia de controles. Desde la ONG Espacio Público advierten: “Mi celular no puede ser abierto, vulnerado sin una orden judicial”.
La abogada y activista de derechos digitales Marianne Díaz Hernández ha dicho que Venezuela es uno de los últimos tres países de América Latina continental sin una ley de protección de datos personales, y que apenas existe un apartado en materia de privacidad en la Ley Privada de Telecomunicaciones y en la Constitución, pero no hay un desarrollo específico de cómo se defiende este derecho.
“Las comunicaciones
privadas (...) no podrán
ser interferidas sino
por orden de un tribunal competente"
Constitución de Venezuela, artículo 48.
La Asamblea Nacional tiene que actuar al respecto y con urgencia, pues se trata de una mora luego de 25 años de tener ambos instrumentos jurídicos ya en vigencia. Para ello, sería indispensable la participación de la sociedad civil, de expertos en la materia y de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), volviendo a su rol de regulador técnico, abandonando las prácticas de control y censura de contenidos.
Para hacer efectivas estas garantías constitucionales no basta con que estén escritas en ella. Hay que construir instrumentos, resoluciones y compromisos específicos para asegurar que toda intervención de comunicaciones esté sujeta a autorización judicial efectiva, que cualquier evidencia obtenida sin ese control sea nula y que funcionarios que accedan ilegalmente a datos enfrenten sanciones. También implica establecer límites claros al uso de tecnologías de vigilancia y mecanismos de supervisión independientes que controlen a los cuerpos de seguridad.
Sin esos controles, la intimidad no es un derecho sino un privilegio que el poder concede o retira según le convenga. Protegerla es también proteger la democracia: sin comunicaciones seguras no hay ciudadanía libre.
La libertad de prensa y de expresión en Venezuela enfrenta un estado crítico. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) enfatizó en enero de 2026 que el país vive “en un escenario marcado por la ausencia de Estado de derecho, el cierre del espacio cívico y los obstáculos al ejercicio de la libertad de expresión”. Se trata de una situación agudizada por el miedo de la ciudadanía, la difusión de propaganda oficial, los bloqueos digitales y la manipulación de contenidos con fines de desinformación.
El artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a investigar, recibir y difundir informaciones "sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión". Este principio, complementado por el artículo 57 de la Constitución venezolana que prohíbe expresamente la censura previa, constituye el marco jurídico que Venezuela ha suscrito y sistemáticamente ignorado.
El periodista y defensor de derechos humanos Luis Carlos Díaz afirma que la libertad de expresión «es uno de los termómetros que nos permiten señalar con evidencia que en Venezuela aún no hay una democracia».
Nelson Espinoza, comunicador social y profesor universitario, señala que el panorama muestra a un grupo que desdibujó su rol para convertirse en "actor de propaganda" y otro que conforma un "periodismo robustecido" que, a pesar de la crisis, ha encontrado formas de investigar y difundir información.
“La libertad de expresión
es el campo donde
se proyecta el futuro
y el espacio de encuentro
con la gente"
Luis Carlos Díaz, periodista
y activista de DD. HH.
La recuperación democrática exige transformar el diagnóstico en una hoja de ruta institucional que comience, como señaló el Instituto Prensa y Sociedad Venezuela en su reporte 2025, con el cese de la judicialización de trabajadores de la prensa y el levantamiento definitivo de los bloqueos digitales. Esta tarea requiere derogar las leyes que criminalizan la opinión y la difusión de información, eliminando la discrecionalidad del poder que permite etiquetar el ejercicio periodístico como terrorismo o incitación al odio.
Para ello se puede aplicar el Plan de Acción de la ONU sobre la Seguridad de los Periodistas, creado como mecanismo nacional de protección a periodistas, revisar los casos de comunicadores judicializados y establecer una fiscalía especializada en delitos contra la libertad de prensa.
Por otra parte, es importante reconstruir el ecosistema informativo mediante garantías legales que aseguren el acceso a la información pública y la transparencia en la gestión estatal, permitiendo que los periodistas puedan trabajar sin censura administrativa ni técnica.
La democracia es tal cuando garantiza el derecho a informar y a estar informado. Restituir la libertad de prensa no es solo una tarea sectorial, sino la condición que hace posible que todas las demás se cumplan.
Una sociedad democrática es aquella donde no hay miedo a hablar, a disentir, a reunirse ni a reclamar sus derechos. La Constitución venezolana tiene al menos siete artículos que directamente garantizan el derecho de asociación, de reunión, de expresión, de manifestación pacífica, de participar en asuntos públicos, además de la libertad de conciencia.
Para que esas garantías se hagan efectivas, el sociólogo Rafael Uzcátegui, director de Laboratorio de Paz, plantea reformas en el plano institucional y social comenzando por la derogación urgente de leyes represivas y regresivas. Normas como el Decreto de Estado de Conmoción Exterior, la Ley contra el Odio o la Ley de Fiscalización de las ONG han establecido un andamiaje jurídico que cercena las libertades ciudadanas.
Pero no basta una reforma legislativa, es imperativo sustituir a los funcionarios responsables de violaciones de derechos humanos, así como reestructurar organismos policiales y militares que han sido señalados por organismos internacionales como responsables de transgredir y conculcar derechos. El acompañamiento internacional, a través de organismos de Naciones Unidas que ayuden a la aplicación de estándares internacionales, puede ser clave.
Además del marco legal, la consolidación del sistema democrático implica la reconstrucción de vínculos sociales que se han roto o debilitado por la persecución, la cárcel o el exilio de millones de venezolanos. Para lograrlo, Luis Marcano, director de Investigación y Postgrado de la Universidad San Estanislao de Kostka, en Santiago de Chile, ha dicho que la política pública deberá orientarse a facilitar el retorno voluntario de quienes deseen regresar, promover la reintegración económica y social de los migrantes y fortalecer las redes comunitarias que permitan reconstruir la solidaridad social debilitada por la crisis.
“El retorno de la calle
no es solo la recuperación
de un espacio, sino
la señal de que el miedo
empieza a retroceder"
Rafael Uzcátegui,
director de Laboratorio de Paz.
La recuperación de la confianza y la posibilidad de generar una agenda propia con incidencia política requerirá, por su parte, la incorporación activa de universidades, organizaciones sociales, comunidades locales, gremios profesionales y movimientos ciudadanos, apunta Marcano.
Casos como los programas de trabajo comunitario conjunto para afianzar y crear nuevas relaciones en Colombia, la aplicación de modelos de justicia transicional centrados en la verdad sobre las violaciones de derechos humanos para lograr la reconstrucción moral de la sociedad en Sudáfrica o transiciones enfocadas en la recuperación de la memoria colectiva y la dignificación de espacios públicos en Chile, dan cuenta de experiencias similares que han hecho esfuerzos para lograr el reencuentro social tras largos periodos de violencia y dictaduras.
En todos esos casos el denominador común fue que la reconstrucción del tejido social no ocurrió espontáneamente sino con voluntad política, recursos institucionales y tiempo. En el caso venezolano, además con el aporte de su diáspora. El retorno de la calle, como dice Uzcátegui, será la primera señal visible de que ese proceso ha comenzado.
“Hoy más que nunca es necesario avanzar en esta labor e identificar los patrones, actores, instituciones y presuntos responsables de estas violaciones"
Misión Independiente de Determinación de Hechos sobre Venezuela.
Declaración del 12 de marzo de 2025. Organización de las Naciones Unidas.
El primer pilar en un proceso de justicia transicional es la verdad. Investigar y reconocer los crímenes de lesa humanidad que, según investiga la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, se han cometido en Venezuela permitirá avanzar hacia una sociedad donde la prevalencia de los derechos humanos sea una realidad.
En su última actualización oral, el Alto Comisionado Volker Türk marcó una ruta para la reconstrucción del espacio cívico, donde incluyó una “estrategia integral de justicia transicional que incluya rendición de cuentas por todas las graves violaciones de derechos humanos cometidas en las últimas décadas”.
Esa rendición no se limita a investigar los delitos. En Venezuela pudieran aplicarse medidas inmediatas como el establecimiento de comisiones de la verdad, el aprovechamiento al máximo del legado de los tribunales mixtos o la supervisión del sistema de justicia, entre otros aspectos. Esas y otras pautas forman parte de los “Instrumentos del estado de derecho para sociedades que han salido de un conflicto”, un conjunto de herramientas diseñadas por Naciones Unidas.
Para ello es urgente la renovación del sistema judicial venezolano, incluyendo jueces y fiscales; además de la inclusión dentro de la legislación de delitos considerados crímenes de lesa humanidad, como la persecución, pues el artículo 29 de la Constitución establece que tales crímenes son imprescriptibles y no amnistiables pero el andamiaje jurídico nacional no los define expresamente.
Completar esa tarea implica investigar y juzgar a los responsables en toda la cadena de mando, reparar a las víctimas, construir memoria colectiva sobre lo ocurrido y establecer garantías de no repetición. Para hacerlo operativo, la Asamblea Nacional tendría que aprobar una ley de justicia transicional que defina mecanismos, plazos y competencias, con participación de organizaciones de víctimas y supervisión internacional.
“Toda persona tiene derecho
a salir de cualquier país, incluso
del propio, y a regresar a su país"
Declaración Universal de Derechos Humanos.
El retorno de exiliados y la reunificación familiar no dependen únicamente de trámites consulares, sino de condiciones reales que permitan volver sin riesgo. Más de ocho millones de venezolanos salieron del país por la emergencia humanitaria y la persecución política, lo que fragmentó familias y debilitó el tejido social.
La socióloga Ligia Bolívar advierte que el regreso no ocurre por decretos ni anuncios. “Mientras no cambien las condiciones que dieron origen a la salida de la gente, la gente no va a regresar”. Sin garantías, el retorno seguirá siendo limitado y selectivo.
Las leyes y mecanismos consulares son necesarios, pero solos son insuficientes. La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) señala que los procesos de retorno son sostenibles cuando garantizan condiciones de seguridad, dignidad y reintegración, mientras que Acnur advierte que la reunificación familiar es un principio central de protección internacional: esto implica facilitar documentación y trámites, pero también crear rutas seguras de retorno, programas de reintegración económica y mecanismos que atiendan a personas en situación de vulnerabilidad.
El Marco de Soluciones Duraderas de Acnur y el Grupo de Desarrollo de las Naciones Unidas (2010) ofrece una hoja de ruta concreta: establece ocho criterios verificables que deben cumplirse para que un retorno sea genuinamente sostenible. Seguridad física sin amenaza de persecución, acceso a medios de vida y empleo, acceso a servicios básicos de salud y educación, reunificación familiar, participación en asuntos públicos sin discriminación, acceso efectivo a la justicia, documentación legal en regla y no discriminación por razón de origen o condición migratoria.
En Venezuela hay que asegurar condiciones materiales de vida como alimentos, salud y empleo, el fin de la persecución política y garantías de no represalia para quienes regresen al país. También requiere fortalecer la red consular y hacer que las políticas de reintegración eviten que el retorno se convierta en una experiencia fallida.
Una política de retorno específica tendría que ser evaluada contra esos criterios y contar con supervisión internacional independiente que verifique su cumplimiento real.
Retornar no es solo movilidad: es reconstrucción. Sin condiciones reales para el regreso, la diáspora seguirá siendo una consecuencia abierta de la crisis; pero con ellas, puede convertirse en un punto de partida para recomponer a las familias y avanzar en la recuperación del país.
“Si Venezuela no vuelve a crecer económicamente no hay milagro educativo, ni milagro de salud,
ni de seguridad social que sea capaz
de devolverle el bienestar material
a los venezolanos"
Un acuerdo por la democracia y el bienestar.
Luis Pedro España y Marino J. González R. IIES-UCAB.
Alcanzar la democracia en Venezuela implica generar nuevas capacidades en materia de educación, salud y seguridad alimentaria para que dejen de ser instrumentos de coacción ideológica.
La Constitución es clara al respecto: los artículos 83 y 85 establecen que la salud es un derecho social fundamental y una obligación del Estado, que debe garantizarla mediante un sistema público nacional de salud de carácter gratuito y universal. Sin embargo, en la práctica ese mandato se ha invertido: el Estado trasladó el costo de la crisis al bolsillo de los ciudadanos. La desigualdad se profundiza cuando la gente debe elegir entre comer o pagar un tratamiento médico. Es lo que Xiomara Martínez, nutricionista de la Universidad de los Andes, llama "privatización encubierta".
La Organización Panamericana de la Salud recomienda para situaciones como esta priorizar los determinantes fundamentales, que son saneamiento, nutrición, educación y prevención de enfermedades crónicas. Ello debe hacerse con sistemas de datos transparentes que permitan monitorear el progreso y focalizar los recursos donde más se necesitan.
En materia alimentaria, Martínez señala que la reconstrucción del sistema es en sí mismo un proceso de redemocratización. "El daño más profundo ha sido la ausencia de un esquema basado en el equilibrio de nutrientes esenciales", advierte. El primer paso es activar programas sociales de suministro de alimentos con verificación efectiva de entrega en comedores escolares y hogares vulnerables.
En educación, el documento Un acuerdo por la democracia y el bienestar de Venezuela, del Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales de la UCAB, propone romper con el monopolio estatal de los servicios sociales para transitar hacia un modelo de corresponsabilidad donde la educación sea el eje articulador de un nuevo contrato social. Así se puede consolidar una formación que vincule el capital humano con empleos de alta productividad para sacar al ciudadano de la dependencia del Estado.
Por su parte, las Normas Mínimas para la Educación en Emergencias de la Red Interagencial para la Educación en Situaciones de Emergencia, respaldadas por Unesco, Unicef y Acnur, establecen que la educación no puede esperar a tiempos más estables sino que debe activarse desde la fase de respuesta. Eso implica en el caso venezolano restituir salarios docentes dignos, recuperar infraestructura escolar y desideologizar el currículo.
Estas tareas requieren financiamiento estable, instituciones autónomas y supervisión independiente. Sin crecimiento económico no hay plan social sostenible, como advierten España y González. Pero sin plan social no hay base humana sobre la cual construir ese crecimiento. Ambas tareas deben comenzar al mismo tiempo.
“Ninguna agrupación delictiva, por más fuerte que sea, tiene más poder que el Estado. Con voluntad política, pueden ser desarmadas y desarticuladas"
Luis Izquiel, criminólogo y especialista en Ciencias Penales.
Los colectivos y los grupos irregulares, incluyendo estructuras paramilitares en las fronteras, operan como el brazo armado del poder en Venezuela. Utilizan violencia, intimidación y control territorial para proteger intereses políticos, ejerciendo presión sobre comunidades y sectores civiles. Su presencia ha sido denunciada por organizaciones de derechos humanos como un mecanismo de control y represión en el que el aparato estatal hace uso de la maquinaria de violencia que coordina con estos grupos.
Desarmar y desarticular estas estructuras no es solo una medida de seguridad. Es un paso indispensable para avanzar hacia una Venezuela democrática. Para lograrlo, las policías preventivas y de investigación “deben ser depuradas, fortalecidas y reorganizadas”; la Fuerza Armada debe retomar su función constitucional de garantizar la soberanía y el orden interno; y el sistema de justicia debe actuar con autonomía y de acuerdo con las leyes. Así lo ve Luis Izquiel, criminólogo y especialista en Ciencias Penales, quien cree además que hay algo imprescindible para lograrlo, la “voluntad política sostenida”.
Agrega que con incentivos, como amnistías, podría generarse un ambiente ideal para la “pacificación y entrega de armas”. Y aunque siempre habrá quienes busquen reagruparse, cree que si el Estado actúa con fuerza, legitimidad y organización, la desarticulación efectiva de estos grupos es posible, cerrando un capítulo de violencia que hoy condiciona la vida de muchas comunidades y sentando las bases de una Venezuela más segura y democrática.
“El único camino para el desarrollo
del país, pasa por escuchar a la gente
con el foco puesto en el respeto a la Constitución y los Derechos Humanos"
Programa Venezolano de Educación Acción de Derechos Humanos (Provea).
Una democracia en Venezuela requiere que el Estado se desprenda de instrumentos legales usados para castigar a la disidencia. Las leyes “contra las ONG”, “contra el odio”, “contra el terrorismo”, e incluso la de responsabilidad social en radio, televisión y medios electrónicos han sido usadas, entre otras, para construir un andamiaje para la represión y el miedo.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH ha señalado que leyes vagas sobre “odio” o “terrorismo” usadas contra periodistas y disidentes violan estándares interamericanos. La Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual Venezuela es signataria, prohíbe expresamente en su artículo 13 la censura previa y establece que las restricciones a la libertad de expresión solo son válidas mediante responsabilidades ulteriores.
Dejar sin efecto práctico y derogar estas leyes, vía Asamblea Nacional, requiere un acompañamiento estratégico y sostenido. La ONG Provea plantea que el proceso debe contar con la asistencia técnica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para asesorar tanto a actores sociales como a las autoridades involucradas, con un parlamento que establezca plazos claros y defina una agenda legislativa que avance en la reconstrucción jurídica del país que soporte las bases de una democracia sólida.
La evaluación del resto del andamiaje jurídico del país puede adelantarse sobre los estándares de los Principios de Siracusa (ONU, 1984), que establecen que cualquier restricción a derechos fundamentales debe ser necesaria, proporcional y no discriminatoria. Venezuela los suscribió pero sus leyes no los cumplen.
Otras vías para atender la tarea, además del camino parlamentario, es mediante el Poder Judicial. La organización Espacio Público recuerda otros mecanismos contemplados en la Carta Magna para impugnar normas incompatibles con sus disposiciones y también con los tratados internacionales, como los recursos de nulidad ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (artículo 336) o la inaplicación de leyes inconstitucionales en casos concretos por parte de los jueces (artículo 334). Además, la sociedad puede impulsar su abrogación por referendo con al menos 10% de firmas del registro electoral.
Juan Carlos Apitz, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela, insiste en que la “reinstitucionalización” debe también incluir la “relegitimación de los poderes públicos”, seguida de un cambio profundo en la cultura institucional, donde prime la Constitución y el respeto a los derechos humanos, y no “la permanencia en el poder mediante el uso de la ley”.
BLOQUE 2
El primer pilar en un proceso de justicia transicional es la verdad. Investigar y reconocer los crímenes de lesa humanidad que, según investiga la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, se han cometido en Venezuela permitirá avanzar hacia una sociedad donde la prevalencia de los derechos humanos sea una realidad.
En su última actualización oral, el Alto Comisionado Volker Türk marcó una ruta para la reconstrucción del espacio cívico, donde incluyó una “estrategia integral de justicia transicional que incluya rendición de cuentas por todas las graves violaciones de derechos humanos cometidas en las últimas décadas”.
Esa rendición no se limita a investigar los delitos. En Venezuela pudieran aplicarse medidas inmediatas como el establecimiento de comisiones de la verdad, el aprovechamiento al máximo del legado de los tribunales mixtos o la supervisión del sistema de justicia, entre otros aspectos. Esas y otras pautas forman parte de los “Instrumentos del estado de derecho para sociedades que han salido de un conflicto”, un conjunto de herramientas diseñadas por Naciones Unidas.
“Hoy más que nunca
es necesario avanzar
en esta labor e identificar los patrones, actores, instituciones y presuntos responsables de estas violaciones"
Misión Independiente de Determinación
de Hechos sobre Venezuela.
Declaración del 12 de marzo de 2025.
Organización de las Naciones Unidas.
Para ello es urgente la renovación del sistema judicial venezolano, incluyendo jueces y fiscales; además de la inclusión dentro de la legislación de delitos considerados crímenes de lesa humanidad, como la persecución, pues el artículo 29 de la Constitución establece que tales crímenes son imprescriptibles y no amnistiables pero el andamiaje jurídico nacional no los define expresamente.
Completar esa tarea implica investigar y juzgar a los responsables en toda la cadena de mando, reparar a las víctimas, construir memoria colectiva sobre lo ocurrido y establecer garantías de no repetición. Para hacerlo operativo, la Asamblea Nacional tendría que aprobar una ley de justicia transicional que defina mecanismos, plazos y competencias, con participación de organizaciones de víctimas y supervisión internacional.
El retorno de exiliados y la reunificación familiar no dependen únicamente de trámites consulares, sino de condiciones reales que permitan volver sin riesgo. Más de ocho millones de venezolanos salieron del país por la emergencia humanitaria y la persecución política, lo que fragmentó familias y debilitó el tejido social.
La socióloga Ligia Bolívar advierte que el regreso no ocurre por decretos ni anuncios. “Mientras no cambien las condiciones que dieron origen a la salida de la gente, la gente no va a regresar”. Sin garantías, el retorno seguirá siendo limitado y selectivo.
Las leyes y mecanismos consulares son necesarios, pero solos son insuficientes. La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) señala que los procesos de retorno son sostenibles cuando garantizan condiciones de seguridad, dignidad y reintegración, mientras que Acnur advierte que la reunificación familiar es un principio central de protección internacional: esto implica facilitar documentación y trámites, pero también crear rutas seguras de retorno, programas de reintegración económica y mecanismos que atiendan a personas en situación de vulnerabilidad.
“Toda persona tiene
derecho a salir de
cualquier país, incluso
del propio, y a regresar
a su país"
Declaración Universal de Derechos Humanos.
El Marco de Soluciones Duraderas de Acnur y el Grupo de Desarrollo de las Naciones Unidas (2010) ofrece una hoja de ruta concreta: establece ocho criterios verificables que deben cumplirse para que un retorno sea genuinamente sostenible. Seguridad física sin amenaza de persecución, acceso a medios de vida y empleo, acceso a servicios básicos de salud y educación, reunificación familiar, participación en asuntos públicos sin discriminación, acceso efectivo a la justicia, documentación legal en regla y no discriminación por razón de origen o condición migratoria.
En Venezuela hay que asegurar condiciones materiales de vida como alimentos, salud y empleo, el fin de la persecución política y garantías de no represalia para quienes regresen al país. También requiere fortalecer la red consular y hacer que las políticas de reintegración eviten que el retorno se convierta en una experiencia fallida.
Una política de retorno específica tendría que ser evaluada contra esos criterios y contar con supervisión internacional independiente que verifique su cumplimiento real.
Retornar no es solo movilidad: es reconstrucción. Sin condiciones reales para el regreso, la diáspora seguirá siendo una consecuencia abierta de la crisis; pero con ellas, puede convertirse en un punto de partida para recomponer a las familias y avanzar en la recuperación del país.
Alcanzar la democracia en Venezuela implica generar nuevas capacidades en materia de educación, salud y seguridad alimentaria para que dejen de ser instrumentos de coacción ideológica.
La Constitución es clara al respecto: los artículos 83 y 85 establecen que la salud es un derecho social fundamental y una obligación del Estado, que debe garantizarla mediante un sistema público nacional de salud de carácter gratuito y universal. Sin embargo, en la práctica ese mandato se ha invertido: el Estado trasladó el costo de la crisis al bolsillo de los ciudadanos. La desigualdad se profundiza cuando la gente debe elegir entre comer o pagar un tratamiento médico. Es lo que Xiomara Martínez, nutricionista de la Universidad de los Andes, llama "privatización encubierta".
La Organización Panamericana de la Salud recomienda para situaciones como esta priorizar los determinantes fundamentales, que son saneamiento, nutrición, educación y prevención de enfermedades crónicas. Ello debe hacerse con sistemas de datos transparentes que permitan monitorear el progreso y focalizar los recursos donde más se necesitan.
En materia alimentaria, Martínez señala que la reconstrucción del sistema es en sí mismo un proceso de redemocratización. "El daño más profundo ha sido la ausencia de un esquema basado en el equilibrio de nutrientes esenciales", advierte. El primer paso es activar programas sociales de suministro de alimentos con verificación efectiva de entrega en comedores escolares y hogares vulnerables.
“Si Venezuela no vuelve a crecer económicamente no hay milagro educativo, ni milagro de salud,
ni de seguridad social
que sea capaz de
devolverle el bienestar
material a los
venezolanos"
Un acuerdo por la democracia y el bienestar.
Luis Pedro España y Marino J. González R.
IIES-UCAB.
En educación, el documento Un acuerdo por la democracia y el bienestar de Venezuela, del Instituto de Investigaciones Económicas y Sociales de la UCAB, propone romper con el monopolio estatal de los servicios sociales para transitar hacia un modelo de corresponsabilidad donde la educación sea el eje articulador de un nuevo contrato social. Así se puede consolidar una formación que vincule el capital humano con empleos de alta productividad para sacar al ciudadano de la dependencia del Estado.
Por su parte, las Normas Mínimas para la Educación en Emergencias de la Red Interagencial para la Educación en Situaciones de Emergencia, respaldadas por Unesco, Unicef y Acnur, establecen que la educación no puede esperar a tiempos más estables sino que debe activarse desde la fase de respuesta. Eso implica en el caso venezolano restituir salarios docentes dignos, recuperar infraestructura escolar y desideologizar el currículo.
Estas tareas requieren financiamiento estable, instituciones autónomas y supervisión independiente. Sin crecimiento económico no hay plan social sostenible, como advierten España y González. Pero sin plan social no hay base humana sobre la cual construir ese crecimiento. Ambas tareas deben comenzar al mismo tiempo.
Los colectivos y los grupos irregulares, incluyendo estructuras paramilitares en las fronteras, operan como el brazo armado del poder en Venezuela. Utilizan violencia, intimidación y control territorial para proteger intereses políticos, ejerciendo presión sobre comunidades y sectores civiles. Su presencia ha sido denunciada por organizaciones de derechos humanos como un mecanismo de control y represión en el que el aparato estatal hace uso de la maquinaria de violencia que coordina con estos grupos.
Desarmar y desarticular estas estructuras no es solo una medida de seguridad. Es un paso indispensable para avanzar hacia una Venezuela democrática. Para lograrlo, las policías preventivas y de investigación “deben ser depuradas, fortalecidas y reorganizadas”; la Fuerza Armada debe retomar su función constitucional de garantizar la soberanía y el orden interno; y el sistema de justicia debe actuar con autonomía y de acuerdo con las leyes. Así lo ve Luis Izquiel, criminólogo y especialista en Ciencias Penales, quien cree además que hay algo imprescindible para lograrlo, la “voluntad política sostenida”.
“Ninguna agrupación
delictiva, por más fuerte
que sea, tiene más poder que el Estado.
Con voluntad política,
pueden ser desarmadas
y desarticuladas"
Luis Izquiel,
criminólogo y especialista
en Ciencias Penales.
Agrega que con incentivos, como amnistías, podría generarse un ambiente ideal para la “pacificación y entrega de armas”. Y aunque siempre habrá quienes busquen reagruparse, cree que si el Estado actúa con fuerza, legitimidad y organización, la desarticulación efectiva de estos grupos es posible, cerrando un capítulo de violencia que hoy condiciona la vida de muchas comunidades y sentando las bases de una Venezuela más segura y democrática.
Una democracia en Venezuela requiere que el Estado se desprenda de instrumentos legales usados para castigar a la disidencia. Las leyes “contra las ONG”, “contra el odio”, “contra el terrorismo”, e incluso la de responsabilidad social en radio, televisión y medios electrónicos han sido usadas, entre otras, para construir un andamiaje para la represión y el miedo.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH ha señalado que leyes vagas sobre “odio” o “terrorismo” usadas contra periodistas y disidentes violan estándares interamericanos. La Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual Venezuela es signataria, prohíbe expresamente en su artículo 13 la censura previa y establece que las restricciones a la libertad de expresión solo son válidas mediante responsabilidades ulteriores.
Dejar sin efecto práctico y derogar estas leyes, vía Asamblea Nacional, requiere un acompañamiento estratégico y sostenido. La ONG Provea plantea que el proceso debe contar con la asistencia técnica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para asesorar tanto a actores sociales como a las autoridades involucradas, con un parlamento que establezca plazos claros y defina una agenda legislativa que avance en la reconstrucción jurídica del país que soporte las bases de una democracia sólida.
“El único camino para
el desarrollo del país,
pasa por escuchar
a la gente con el foco
puesto en el respeto a la Constitución y los Derechos Humanos"
Programa Venezolano de Educación
Acción de Derechos Humanos (Provea).
La evaluación del resto del andamiaje jurídico del país puede adelantarse sobre los estándares de los Principios de Siracusa (ONU, 1984), que establecen que cualquier restricción a derechos fundamentales debe ser necesaria, proporcional y no discriminatoria. Venezuela los suscribió pero sus leyes no los cumplen.
Otras vías para atender la tarea, además del camino parlamentario, es mediante el Poder Judicial. La organización Espacio Público recuerda otros mecanismos contemplados en la Carta Magna para impugnar normas incompatibles con sus disposiciones y también con los tratados internacionales, como los recursos de nulidad ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (artículo 336) o la inaplicación de leyes inconstitucionales en casos concretos por parte de los jueces (artículo 334). Además, la sociedad puede impulsar su abrogación por referendo con al menos 10% de firmas del registro electoral.
Juan Carlos Apitz, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela, insiste en que la “reinstitucionalización” debe también incluir la “relegitimación de los poderes públicos”, seguida de un cambio profundo en la cultura institucional, donde prime la Constitución y el respeto a los derechos humanos, y no “la permanencia en el poder mediante el uso de la ley”.
“La revisión del Poder Judicial es una emergencia en nuestro país. Juez por juez, currículum por currículum, ejecutoria por ejecutoria"
Blanca Rosa Mármol, magistrada emérita del TSJ.
En Venezuela “los jueces no juzgan, sino que obedecen”. Con esta afirmación, Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, ejemplifica la situación de un Poder Judicial que más allá de una reestructuración, requiere con urgencia una refundación desde cero.
El primer paso para una refundación es la escogencia de nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia que tengan credenciales y garantías de imparcialidad tal como lo norma la Constitución (Art. 255) y los Principios Básicos de la ONU sobre la Independencia de la Judicatura (1985) al subrayar, entre otros requisitos, la inamovilidad de los jueces, condiciones de servicio adecuadas y la protección contra presiones indebidas.
Los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, adoptados por la ONU en 2002, complementan ese marco con seis valores fundamentales: independencia, imparcialidad, integridad, corrección, igualdad y competencia. Su aplicación en Venezuela requeriría no solo nuevas designaciones sino una reforma profunda de la cultura institucional del Poder Judicial, donde hoy predomina la lealtad política sobre el mérito.
La carrera judicial de un apropiado Estado de derecho y de un sistema democrático con equilibrio e independencia de poderes, exige jueces sin afiliación política, seleccionados mediante concurso público y con estabilidad garantizada en el cargo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado venezolano en 2008 por destituir arbitrariamente a tres jueces de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, aunque Venezuela nunca cumplió esa sentencia. Al año siguiente, la jueza María Lourdes Afiuni fue detenida horas después de dictar una decisión contraria a los intereses del poder. Desde entonces se instaló el "efecto Afiuni" —la autocensura judicial por miedo a represalias— como consecuencia directa de esa impunidad institucional.
Un juez independiente no es un lujo institucional sino la garantía de que ningún avance democrático pueda ser revertido por el poder de turno. Con un sistema de justicia ajustado a la Constitución y a estándares internacionales, Venezuela podrá tener un Poder Judicial confiable que los ciudadanos vean como protector “y no como un enemigo”, en palabras de Alí Daniels.
“El ciudadano común sólo está clamando por una Fiscalía y una Defensoría en manos conocedoras del oficio y con una trayectoria impecable como garantía de una actuación a la altura de los tiempos que vivimos"
Alberto Arteaga Sánchez, abogado.
La escogencia del fiscal general, el defensor del pueblo y el contralor general ha estado marcada por la opacidad y el irrespeto a la Constitución, que en su artículo 279 establece cómo debe constituirse el Comité de Postulaciones del Poder Ciudadano. "Nunca se ha cumplido", afirma Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia.
La construcción de un sistema democrático sólido parte de tener instituciones independientes, dirigidas por venezolanos con trayectoria intachable y sin vinculación partidista. Para la escogencia de los miembros del Poder Ciudadano, la Constitución establece que debe designarse una comisión amplia, inclusiva y plural que represente a los distintos sectores de la sociedad. Este es el primer paso para una selección que cumpla con estándares mínimos de transparencia, mérito y participación ciudadana, tal como ha señalado Albert Ramdin, secretario general de la Organización de Estados Americanos.
Esos estándares tienen respaldo en instrumentos internacionales vinculantes. Las Directrices de la ONU sobre la Función del Fiscal (1990) establecen que los fiscales deben actuar con imparcialidad y resistir toda presión política. Los Principios de París (ONU, 1993) fijan los requisitos para instituciones de derechos humanos como la Defensoría del Pueblo: independencia garantizada por ley, pluralismo en su composición y autonomía financiera. La Contraloría, por su parte, debe responder a la Convención Interamericana contra la Corrupción (1996), que obliga a los Estados a contar con órganos de control genuinamente independientes.
La transparencia del proceso exige un baremo público que defina el perfil de los aspirantes y un cronograma verificable que permita a la ciudadanía seguir e impugnar cada etapa. Hasta ahora, son requisitos no cumplidos.
La experiencia venezolana y la de otras transiciones democráticas muestra que el cumplimiento de estos estándares raramente ocurre por voluntad política espontánea. Por eso organismos como el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, la OEA y la Unión Europea han ofrecido asistencia técnica. La presencia internacional no garantiza el resultado, pero sí eleva el costo político de ignorar las reglas.
Cumplir la Constitución permitiría la escogencia de personas independientes e imparciales, no de operadores políticos. El fiscal general, el defensor del pueblo y el contralor general deberían ser, como advierte Daniels, un contrapeso real al poder. Mientras no lo sean, el Poder Ciudadano seguirá siendo el nombre de una promesa incumplida.
“Los militares no son instituciones para establecerle definiciones a la sociedad, sino para defender militarmente al Estado"
La Fuerza Armada Nacional Bolivariana y las negociaciones en la transición política:
El caso Venezuela (2022), publicado por la ONG Control Ciudadano.
Bajo la "alianza cívico-militar", el chavismo consolidó un modelo que relegó al componente civil y le dio carta blanca a la Fuerza Armada Nacional (FAN) para gestionar desde ministerios hasta empresas públicas, respondiendo únicamente ante el Ejecutivo a través de la figura del Comandante en Jefe, a pesar de que el artículo 328 de la Constitución define a la FAN como una institución profesional, apolítica y no deliberante.
El Centro de Ginebra para la Gobernanza del Sector de Seguridad, referencia internacional en procesos de reforma militar, establece que el control civil efectivo implica tres condiciones verificables: que el presupuesto militar sea aprobado y supervisado por el Parlamento, que las fuerzas armadas rindan cuentas ante instancias civiles y que estén prohibidas de participar en actividades económicas. Venezuela las incumple todas. Restituirlas requiere, como señala el politólogo Ricardo Sucre, una reestructuración del concepto estratégico de la defensa nacional que involucre al sector civil desde el principio.
Un paso concreto es transformar el Consejo de Defensa de la Nación (Codena) en un espacio de debate plural, en el que se construyan acuerdos de largo plazo sobre la misión, los límites y las responsabilidades de la FAN. En paralelo, cumplir con el artículo 4 de la Ley Orgánica de la FAN que establece que la Asamblea Nacional debe evaluar el concepto estratégico de la Nación al inicio de cada período constitucional, supervisando su diseño operativo, su estructura interna y su viabilidad financiera.
Además, habría que lograr el “retorno a los cuarteles” de los efectivos militares, que han hecho vida en la administración pública con beneficios asociados. “Habría que cuantificar los ministerios ocupados por militares, y definir cómo reemplazarán a ese personal”, señala Sucre al proponer que el Codena puede ser el espacio donde se negocien esos incentivos de salida.
Otro desafío determinante, aunque complejo, consiste en desvincular a la institución de estructuras partidistas como el Alto Mando Político Militar de la Revolución Bolivariana. Para hacerlo pudiera usarse el marco establecido en el Código de Conducta para Fuerzas Armadas, adoptado por la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) en 1994 y reconocido como referencia global sobre subordinación militar al poder civil.
La experiencia comparada ofrece pistas. En la transición española, la reforma militar fue condición previa a la democratización: los militares fueron retirados progresivamente de cargos civiles a cambio de garantías institucionales. En Argentina, la subordinación militar al poder civil se construyó mediante legislación específica, dejando el ejemplo de la Ley de Defensa Nacional de 1988.
Como señala Sucre, el momento venezolano tiene su lógica propia. "Ya están debilitadas después del 3 de enero, por el ataque y por el silencio que hubo. No las rebajas más, pero lo que no van a hacer es decidir en lo que no les compete", dice. Aprovechar esa ventana, con claridad sobre los límites y generosidad en los incentivos, puede ser la clave para una transición ordenada.
“El primer gran paso de la militarización ocurrió en 2013 con el Plan Patria Segura; desde entonces, la seguridad ciudadana ha estado bajo mandos militares con una estela de violaciones a los derechos humanos"
Luis Izquiel, abogado penalista.
La desmilitarización de la seguridad en Venezuela es una tarea urgente para restablecer el Estado de derecho. El modelo actual contradice el mandato del artículo 332 de la Constitución, el cual establece que "los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna".
Esta distorsión vulnera los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (ONU, 1990), que exigen proporcionalidad y transparencia en el ejercicio del poder público. Luis Izquiel advierte que, aunque la norma es clara, la práctica política ha impuesto a militares activos o retirados en los puestos de dirección, desvirtuando la naturaleza preventiva de la función policial.
Para que esta tarea de reforma sea efectiva, la intervención militar debe ser excepcional y bajo control civil, reservándose únicamente para escenarios donde las policías sean desbordadas por el poder de fuego delictivo. La formación militar, diseñada según la Corte Interamericana de Derechos Humanos para abatir a un enemigo, debe excluirse definitivamente del patrullaje cotidiano.
Revertir este modelo implica prohibir el uso de armas largas y capuchas en trabajos ordinarios, prácticas que impiden la identificación y que la Ley Orgánica del Servicio de Policía (LOSP) proscribe para evitar la impunidad. Hacerlo implica voluntad política para capacitar funcionarios civiles que asuman los cargos estratégicos hoy militarizados.
Un plan de seguridad democrática debe devolver a los componentes militares a sus funciones naturales, como la custodia de fronteras, dejando el grueso de la seguridad en manos de instituciones civiles. Solo así la seguridad dejará de ser una amenaza para convertirse en lo que la Constitución ordena: un servicio al ciudadano.
“Cuando los ciudadanos conocen la verdad, los gobiernos funcionan mejor. Cuando la información fluye libremente, las sociedades prosperan. Y cuando el secretismo se sustituye por la transparencia, se salvan vidas"
Tawfik Jelassi, subdirector general de Comunicación e Información de la Unesco.
En Venezuela, la opacidad se institucionalizó. Desde 2013 comenzó a reducirse la publicación de datos oficiales, con una caída abrupta a partir de 2016. Transparencia Venezuela determinó que 64,22% de 47 documentos oficiales que por ley debieron hacerse públicos entre 2010 y 2022 no se difundieron, mientras que 4,9% se presentaron a destiempo.
El artículo 143 de la Constitución garantiza el derecho de los ciudadanos a ser informados sobre el estado de las actuaciones en que estén directamente interesados, y a conocer las resoluciones definitivas que se adopten. El artículo 141 establece la transparencia como principio de la administración pública. Son mandatos ignorados, hasta ahora.
Para revertir la opacidad, Transparencia Venezuela plantea pasos concretos: reactivar la publicación periódica de estadísticas oficiales, garantizar el acceso a presupuestos y ejecución del gasto público y reordenar la estructura legal. Para hacerlo, hay que derogar normas restrictivas y construir un andamiaje legal que incorpore principios y prácticas anticorrupción.
La Coalición Anticorrupción plantea además la creación de sistemas especializados de justicia contra la corrupción, con apoyo internacional, así como el fortalecimiento de capacidades propias, a través de la capacitación de funcionarios, la creación de órganos de seguimiento, y la adopción de protocolos internos específicos, siguiendo estándares internacionales.
La Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información Pública, aprobada por la OEA en 2010, puede servir como base para crear un estándar nacional que garantice que toda información en poder del Estado es pública por defecto, que el secreto debe ser la excepción justificada y no la regla, y que debe existir un órgano autónomo que garantice el cumplimiento de ese derecho. Con ello se lograría cumplir la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, ratificada por el país en 2009, que obliga en su artículo 10 a garantizar el acceso del público a la información sobre la organización, el funcionamiento y los procesos de toma de decisiones de la administración pública.
También debe haber una apertura de datos y el uso de tecnología para facilitar el acceso ciudadano. Para ello el primer paso sería adoptar el modelo de Gobierno Abierto, impulsado por la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP por sus siglas en inglés), sumando Venezuela a los 70 países que ya lo han adoptado.
Restablecer la transparencia no es solo publicar cifras. Es reconstruir un sistema abierto a la contraloría ciudadana que deje atrás años de opacidad institucionalizada. Como dijo Kofi Annan, exsecretario general de la ONU, "la información es el oxígeno de la democracia moderna". Una Venezuela democrática debe tener cómo respirar de nuevo.
BLOQUE 3
En Venezuela “los jueces no juzgan, sino que obedecen”. Con esta afirmación, Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, ejemplifica la situación de un Poder Judicial que más allá de una reestructuración, requiere con urgencia una refundación desde cero.
El primer paso para una refundación es la escogencia de nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia que tengan credenciales y garantías de imparcialidad tal como lo norma la Constitución (Art. 255) y los Principios Básicos de la ONU sobre la Independencia de la Judicatura (1985) al subrayar, entre otros requisitos, la inamovilidad de los jueces, condiciones de servicio adecuadas y la protección contra presiones indebidas.
Los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, adoptados por la ONU en 2002, complementan ese marco con seis valores fundamentales: independencia, imparcialidad, integridad, corrección, igualdad y competencia. Su aplicación en Venezuela requeriría no solo nuevas designaciones sino una reforma profunda de la cultura institucional del Poder Judicial, donde hoy predomina la lealtad política sobre el mérito.
“La revisión del Poder Judicial es una emergencia en nuestro país.
Juez por juez, currículum por currículum, ejecutoria
por ejecutoria"
Blanca Rosa Mármol,
magistrada emérita del TSJ.
La carrera judicial de un apropiado Estado de derecho y de un sistema democrático con equilibrio e independencia de poderes, exige jueces sin afiliación política, seleccionados mediante concurso público y con estabilidad garantizada en el cargo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado venezolano en 2008 por destituir arbitrariamente a tres jueces de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, aunque Venezuela nunca cumplió esa sentencia. Al año siguiente, la jueza María Lourdes Afiuni fue detenida horas después de dictar una decisión contraria a los intereses del poder. Desde entonces se instaló el "efecto Afiuni" —la autocensura judicial por miedo a represalias— como consecuencia directa de esa impunidad institucional.
Un juez independiente no es un lujo institucional sino la garantía de que ningún avance democrático pueda ser revertido por el poder de turno. Con un sistema de justicia ajustado a la Constitución y a estándares internacionales, Venezuela podrá tener un Poder Judicial confiable que los ciudadanos vean como protector “y no como un enemigo”, en palabras de Alí Daniels.
La escogencia del fiscal general, el defensor del pueblo y el contralor general ha estado marcada por la opacidad y el irrespeto a la Constitución, que en su artículo 279 establece cómo debe constituirse el Comité de Postulaciones del Poder Ciudadano. "Nunca se ha cumplido", afirma Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia.
La construcción de un sistema democrático sólido parte de tener instituciones independientes, dirigidas por venezolanos con trayectoria intachable y sin vinculación partidista. Para la escogencia de los miembros del Poder Ciudadano, la Constitución establece que debe designarse una comisión amplia, inclusiva y plural que represente a los distintos sectores de la sociedad. Este es el primer paso para una selección que cumpla con estándares mínimos de transparencia, mérito y participación ciudadana, tal como ha señalado Albert Ramdin, secretario general de la Organización de Estados Americanos.
Esos estándares tienen respaldo en instrumentos internacionales vinculantes. Las Directrices de la ONU sobre la Función del Fiscal (1990) establecen que los fiscales deben actuar con imparcialidad y resistir toda presión política. Los Principios de París (ONU, 1993) fijan los requisitos para instituciones de derechos humanos como la Defensoría del Pueblo: independencia garantizada por ley, pluralismo en su composición y autonomía financiera. La Contraloría, por su parte, debe responder a la Convención Interamericana contra la Corrupción (1996), que obliga a los Estados a contar con órganos de control genuinamente independientes.
“El ciudadano común sólo está clamando por una Fiscalía y una Defensoría en manos conocedoras
del oficio y con una trayectoria impecable como garantía de una actuación a la altura de los tiempos que vivimos"
Alberto Arteaga Sánchez,
abogado.
La transparencia del proceso exige un baremo público que defina el perfil de los aspirantes y un cronograma verificable que permita a la ciudadanía seguir e impugnar cada etapa. Hasta ahora, son requisitos no cumplidos.
La experiencia venezolana y la de otras transiciones democráticas muestra que el cumplimiento de estos estándares raramente ocurre por voluntad política espontánea. Por eso organismos como el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, la OEA y la Unión Europea han ofrecido asistencia técnica. La presencia internacional no garantiza el resultado, pero sí eleva el costo político de ignorar las reglas.
Cumplir la Constitución permitiría la escogencia de personas independientes e imparciales, no de operadores políticos. El fiscal general, el defensor del pueblo y el contralor general deberían ser, como advierte Daniels, un contrapeso real al poder. Mientras no lo sean, el Poder Ciudadano seguirá siendo el nombre de una promesa incumplida.
Bajo la "alianza cívico-militar", el chavismo consolidó un modelo que relegó al componente civil y le dio carta blanca a la Fuerza Armada Nacional (FAN) para gestionar desde ministerios hasta empresas públicas, respondiendo únicamente ante el Ejecutivo a través de la figura del Comandante en Jefe, a pesar de que el artículo 328 de la Constitución define a la FAN como una institución profesional, apolítica y no deliberante.
El Centro de Ginebra para la Gobernanza del Sector de Seguridad, referencia internacional en procesos de reforma militar, establece que el control civil efectivo implica tres condiciones verificables: que el presupuesto militar sea aprobado y supervisado por el Parlamento, que las fuerzas armadas rindan cuentas ante instancias civiles y que estén prohibidas de participar en actividades económicas. Venezuela las incumple todas. Restituirlas requiere, como señala el politólogo Ricardo Sucre, una reestructuración del concepto estratégico de la defensa nacional que involucre al sector civil desde el principio.
Un paso concreto es transformar el Consejo de Defensa de la Nación (Codena) en un espacio de debate plural, en el que se construyan acuerdos de largo plazo sobre la misión, los límites y las responsabilidades de la FAN. En paralelo, cumplir con el artículo 4 de la Ley Orgánica de la FAN que establece que la Asamblea Nacional debe evaluar el concepto estratégico de la Nación al inicio de cada período constitucional, supervisando su diseño operativo, su estructura interna y su viabilidad financiera.
Además, habría que lograr el “retorno a los cuarteles” de los efectivos militares, que han hecho vida en la administración pública con beneficios asociados. “Habría que cuantificar los ministerios ocupados por militares, y definir cómo reemplazarán a ese personal”, señala Sucre al proponer que el Codena puede ser el espacio donde se negocien esos incentivos de salida.
“Los militares no son instituciones para establecerle definiciones
a la sociedad, sino para
defender militarmente
al Estado"
La Fuerza Armada Nacional Bolivariana
y las negociaciones en la transición política:
El caso Venezuela (2022), publicado
por la ONG Control Ciudadano.
Otro desafío determinante, aunque complejo, consiste en desvincular a la institución de estructuras partidistas como el Alto Mando Político Militar de la Revolución Bolivariana. Para hacerlo pudiera usarse el marco establecido en el Código de Conducta para Fuerzas Armadas, adoptado por la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) en 1994 y reconocido como referencia global sobre subordinación militar al poder civil.
La experiencia comparada ofrece pistas. En la transición española, la reforma militar fue condición previa a la democratización: los militares fueron retirados progresivamente de cargos civiles a cambio de garantías institucionales. En Argentina, la subordinación militar al poder civil se construyó mediante legislación específica, dejando el ejemplo de la Ley de Defensa Nacional de 1988.
Como señala Sucre, el momento venezolano tiene su lógica propia. "Ya están debilitadas después del 3 de enero, por el ataque y por el silencio que hubo. No las rebajas más, pero lo que no van a hacer es decidir en lo que no les compete", dice. Aprovechar esa ventana, con claridad sobre los límites y generosidad en los incentivos, puede ser la clave para una transición ordenada.
La desmilitarización de la seguridad en Venezuela es una tarea urgente para restablecer el Estado de derecho. El modelo actual contradice el mandato del artículo 332 de la Constitución, el cual establece que "los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna".
Esta distorsión vulnera los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (ONU, 1990), que exigen proporcionalidad y transparencia en el ejercicio del poder público. Luis Izquiel advierte que, aunque la norma es clara, la práctica política ha impuesto a militares activos o retirados en los puestos de dirección, desvirtuando la naturaleza preventiva de la función policial.
“El primer gran paso
de la militarización
ocurrió en 2013
con el Plan Patria
Segura; desde entonces,
la seguridad ciudadana
ha estado bajo mandos militares con una estela
de violaciones
a los derechos humanos"
Luis Izquiel,
abogado penalista.
Para que esta tarea de reforma sea efectiva, la intervención militar debe ser excepcional y bajo control civil, reservándose únicamente para escenarios donde las policías sean desbordadas por el poder de fuego delictivo. La formación militar, diseñada según la Corte Interamericana de Derechos Humanos para abatir a un enemigo, debe excluirse definitivamente del patrullaje cotidiano.
Revertir este modelo implica prohibir el uso de armas largas y capuchas en trabajos ordinarios, prácticas que impiden la identificación y que la Ley Orgánica del Servicio de Policía (LOSP) proscribe para evitar la impunidad. Hacerlo implica voluntad política para capacitar funcionarios civiles que asuman los cargos estratégicos hoy militarizados.
Un plan de seguridad democrática debe devolver a los componentes militares a sus funciones naturales, como la custodia de fronteras, dejando el grueso de la seguridad en manos de instituciones civiles. Solo así la seguridad dejará de ser una amenaza para convertirse en lo que la Constitución ordena: un servicio al ciudadano.
En Venezuela, la opacidad se institucionalizó. Desde 2013 comenzó a reducirse la publicación de datos oficiales, con una caída abrupta a partir de 2016. Transparencia Venezuela determinó que 64,22% de 47 documentos oficiales que por ley debieron hacerse públicos entre 2010 y 2022 no se difundieron, mientras que 4,9% se presentaron a destiempo.
El artículo 143 de la Constitución garantiza el derecho de los ciudadanos a ser informados sobre el estado de las actuaciones en que estén directamente interesados, y a conocer las resoluciones definitivas que se adopten. El artículo 141 establece la transparencia como principio de la administración pública. Son mandatos ignorados, hasta ahora.
Para revertir la opacidad, Transparencia Venezuela plantea pasos concretos: reactivar la publicación periódica de estadísticas oficiales, garantizar el acceso a presupuestos y ejecución del gasto público y reordenar la estructura legal. Para hacerlo, hay que derogar normas restrictivas y construir un andamiaje legal que incorpore principios y prácticas anticorrupción.
La Coalición Anticorrupción plantea además la creación de sistemas especializados de justicia contra la corrupción, con apoyo internacional, así como el fortalecimiento de capacidades propias, a través de la capacitación de funcionarios, la creación de órganos de seguimiento, y la adopción de protocolos internos específicos, siguiendo estándares internacionales.
“Cuando los ciudadanos conocen la verdad, los gobiernos funcionan mejor. Cuando la información fluye libremente, las sociedades prosperan. Y cuando
el secretismo se sustituye
por la transparencia,
se salvan vidas"
Tawfik Jelassi,
subdirector general de Comunicación
e Información de la Unesco.
La Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información Pública, aprobada por la OEA en 2010, puede servir como base para crear un estándar nacional que garantice que toda información en poder del Estado es pública por defecto, que el secreto debe ser la excepción justificada y no la regla, y que debe existir un órgano autónomo que garantice el cumplimiento de ese derecho. Con ello se lograría cumplir la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, ratificada por el país en 2009, que obliga en su artículo 10 a garantizar el acceso del público a la información sobre la organización, el funcionamiento y los procesos de toma de decisiones de la administración pública.
También debe haber una apertura de datos y el uso de tecnología para facilitar el acceso ciudadano. Para ello el primer paso sería adoptar el modelo de Gobierno Abierto, impulsado por la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP por sus siglas en inglés), sumando Venezuela a los 70 países que ya lo han adoptado.
Restablecer la transparencia no es solo publicar cifras. Es reconstruir un sistema abierto a la contraloría ciudadana que deje atrás años de opacidad institucionalizada. Como dijo Kofi Annan, exsecretario general de la ONU, "la información es el oxígeno de la democracia moderna". Una Venezuela democrática debe tener cómo respirar de nuevo.
“La autonomía es la condición
necesaria para que la enseñanza
superior pueda cumplir su misión"
Declaración Mundial sobre Educación Superior (Unesco, 1998).
La historia reciente de las universidades venezolanas ha sido de resistencia frente a los intentos de asfixia presupuestaria y la intervención institucional. La lucha por la autonomía no es solo una demanda gremial, sino parte del proceso de redemocratización del país. Recuperar las universidades significa devolverle su rol como motor de movilidad social, pensamiento crítico y descentralización.
La Constitución es el punto de partida: el artículo 109 reconoce la autonomía universitaria como principio que permite a profesores, estudiantes y egresados dedicarse a la búsqueda del conocimiento con independencia. Virgilio Castillo, presidente de la Asociación de Profesores de la Universidad de Los Andes, advierte que "ningún instrumento legal será efectivo si el Estado no garantiza la libertad sindical y de expresión", y señala como tarea urgente el rescate de las normas de homologación y la indexación salarial para devolver el poder adquisitivo al docente, eliminando la discrecionalidad de los bonos sin incidencia prestacional.
La Recomendación relativa a la condición del personal docente de la enseñanza superior de la Unesco (1997) respalda esa exigencia: establece que los Estados deben garantizar a las instituciones universitarias financiamiento adecuado como condición para que la libertad académica sea real y no solo formal. Sin salarios dignos y escalas salariales justas, la carrera académica se vacía de contenido y la investigación se detiene. La destrucción de las interescalas salariales en Venezuela desmanteló ese sistema de incentivos que históricamente impulsó la producción de conocimiento y la movilidad social.
Pero la autonomía presupuestaria y salarial no basta si persiste la crisis de representatividad que paraliza a las casas de estudio. La autonomía académica, definida por la Ley de Universidades como el “derecho a planificar y realizar programas de investigación y docencia sin tutelajes”, debe ser inseparable de la autonomía administrativa, que otorga potestad de elegir a sus propias autoridades.
La Universidad Central de Venezuela logró renovar cargos en 2023, pero instituciones como la Universidad Simón Bolívar siguen enfrentando una parálisis democrática tras años de intervención con autoridades designadas externamente.
Como señala la organización Aula Abierta, la ausencia de elecciones internas no es un asunto burocrático sino una vulneración directa a la libertad de cátedra: "el control político sobre la gestión universitaria se traduce en un mecanismo de censura indirecta que impide que el pensamiento crítico florezca sin represalias”.
Restituir la autonomía universitaria requiere voluntad política, pero también mecanismos verificables: elecciones internas con cronograma público, presupuesto asignado por fórmula constitucional y no por discrecionalidad, y homologación salarial indexada. Solo así podrá cumplir lo que la Magna Charta Universitatum exige: ser la conciencia crítica de la sociedad que la sostiene.
“Es una de las características
de una nación libre y democrática
moderna tener sindicatos laborales
libres e independientes"
Franklin D. Roosevelt, presidente de Estados Unidos, 1940.
El desmantelamiento de las estructuras sindicales y gremiales en Venezuela no solo ha traído la pérdida de derechos laborales concretos sino que ha erosionado la cultura de organización colectiva que sostiene cualquier democracia. Sin sindicatos autónomos, sin negociación colectiva real y sin elecciones gremiales libres, los trabajadores quedan desprotegidos frente al Estado y al empleador, y la democracia pierde uno de sus pilares fundamentales.
La Constitución garantiza el derecho al trabajo digno, a la organización sindical y a la negociación colectiva, pero ha sido ignorada. Restaurarla pasa por atender las recomendaciones específicas al respecto que ha formulado el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo basados en convenios que ya han sido firmados por Venezuela.
"El ente que nos debe proteger es el que violenta nuestros derechos y por eso no hemos tenido paz laboral desde hace años", dice Starling Bracho, secretario general del sindicato eléctrico en Falcón. La fuerza laboral venezolana enfrenta sueldos que no alcanzan para cubrir necesidades básicas, violaciones sistemáticas de las convenciones laborales, pérdida de beneficios conquistados durante décadas y trabas administrativas y judiciales que impiden la renovación de liderazgos sindicales. Esos incumplimientos se traducen en violaciones a derechos fundamentales: salud, alimentación, seguridad social y hasta el derecho a la protesta, porque los conflictos llevados a la esfera pública han sido respondidos con persecución, agresión y detenciones arbitrarias.
La Declaración de la OIT sobre los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (1998) establece que la libertad sindical y la negociación colectiva son derechos que todos los Estados miembros deben respetar. Para aplicarla de lleno en Venezuela hay que eliminar las trabas judiciales y administrativas que impiden las elecciones sindicales, reconocer a las organizaciones existentes como interlocutores legítimos y restituir las convenciones colectivas suspendidas o desconocidas. “El primer paso para mostrar voluntad política es reconocer a las organizaciones sindicales y sentarse a dialogar”, apunta Bracho.
Judith León, presidenta de la Federación de Colegios de Bioanalistas de Venezuela, señala que la reconstrucción pasa por la formación, “para que los dirigentes y nuevas generaciones puedan pensar en quienes van a ocupar esos cargos cuando haya elecciones". Los sindicatos no se han extinguido, sino sobrevivido. Una cultura organizativa clave para la restitución democrática.
Las primeras señales de voluntad política no requieren grandes desembolsos. Bracho lo precisa: reintegrar a los trabajadores despedidos o jubilados forzosamente por razones políticas, devolver las sedes sindicales confiscadas y cumplir las órdenes de reenganche pendientes. "Que nos llamen y nos reconozcan como interlocutores legítimos: eso no cuesta dinero", dice. Cuando eso ocurra, agrega, el trabajador creerá que hay voluntad política real de cambio.
“Hay que reforzar la tesis
de la autonomía y eliminar
los consejos comunales"
Fortunato González, primer alcalde electo de Mérida e investigador
sobre procesos de descentralización en Venezuela.
Aunque la Constitución califica al Estado como federal descentralizado en su artículo 4, el chavismo recentralizó las competencias transferidas a los estados y municipios en educación, salud, vialidad, puertos y aeropuertos; anuló su capacidad de generar ingresos propios e impuso figuras paralelas que reportan directamente al Ejecutivo. Así, los artículos 168 y 169 de la Constitución, que garantizan la autonomía municipal, quedaron de facto anulados.
Fortunato González, exalcalde de Mérida, plantea que los municipios sean los que ejecuten los planes de gobierno, bajo la premisa de que “la calidad de la democracia comienza por la calidad de los gobiernos locales”.
Una nueva Ley Orgánica de Régimen Municipal pudiera fortalecer la autonomía, estableciendo un sistema nacional y estadal de asistencia y asesoría a la gestión local. Se puede construir a partir de las Directrices Internacionales sobre Descentralización y Fortalecimiento de las Autoridades Locales, adoptadas por ONU-Hábitat y Ciudades y Gobiernos Locales Unidos en 2007, sobre competencias, autonomía fiscal real y mecanismos de rendición de cuentas.
La autonomía fiscal se puede restaurar, siguiendo las recomendaciones del PNUD a partir de su Misión de Descentralización en Colombia (2024) y de la Carta Europea de Autonomía Local, adoptada en 1985 y referencia global en la materia, que ratifican que gobiernos locales con recursos propios suficientes dejan de depender de la discrecionalidad del poder central.
González dice que es necesario además eliminar las estructuras del llamado "poder popular" pues han pretendido sustituir la arquitectura municipal democrática para responder a intereses partidistas. Sus integrantes, dice, deben ser capacitados como funcionarios para “recibir órdenes de la gente, no del partido”.
El investigador también propone elevar el número de municipios de 335 a unos mil. Según datos recopilados por el Observatorio Mundial de Finanzas e Inversiones de los Gobiernos Subnacionales, Venezuela tiene uno de los promedios de población municipal más altos de América Latina. En países democráticos la carga es mucho menor. Colombia, por ejemplo, tiene 48.000 personas de media por municipio frente a los más de 80.000 de Venezuela.
Venezuela comenzó a caminar la descentralización en 1989, y luego revirtió el proceso. Retomarlo, con municipios más pequeños, más cercanos y con recursos propios, es apostar por una democracia que no dependa exclusivamente de lo que decida Caracas.
“Las autoridades deben reconocer
que es territorio indígena… Sin los
indígenas, sin la selva, no hay vida"
Davi Kopenawa, chamán y líder yanomami brasileño,
defensor de los derechos indígenas.
En su Declaración de 2007, la ONU ha dejado en claro que “los pueblos indígenas poseen derechos colectivos que son indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral”. La Constitución venezolana dedica ocho artículos –del 119 al 126– a los pueblos indígenas; sin embargo, desde su promulgación se han incumplido parcialmente, empezando por la demarcación.
Hasta 2024, según informes de Odevida y Provea, solo se han entregado títulos sobre el 13% de los hábitats indígenas. Mientras tanto, la minería ilegal y el avance de grupos armados desplazan a comunidades enteras de sus territorios, lesionan sus derechos y destruyen sus formas de vida. A pesar de toda la letra escrita desde 1999 garantizando la vida y la perpetuación de las costumbres de los 52 pueblos indígenas que habitan el suelo venezolano, sus condiciones no han hecho sino deteriorarse, documenta Odevida.
El marco jurídico internacional es claro y Venezuela lo ha suscrito. El Convenio 169 de la OIT, ratificado por Venezuela en 2002, establece el derecho al consentimiento previo, libre e informado de los pueblos indígenas antes de cualquier proyecto extractivo en sus territorios. La Declaración de la ONU de 2007 refuerza ese principio en sus artículos 10, 26 y 32: prohíbe el desplazamiento forzado, reconoce el derecho a sus tierras y exige consulta antes de aprobar proyectos que afecten sus territorios.
El Estado venezolano no solo tiene como tarea concretar la entrega de títulos de tierra, sino garantizar que estos espacios no sean invadidos siguiendo una política extractiva, como ha ocurrido bajo el concepto oficial de "soberanía minera" y profundizando la depredación ambiental, como ha documentado la Misión Independiente de Determinación de Hechos de la ONU. También está en la obligación de proveer servicios básicos y de salud adecuados, especialmente en comunidades remotas o de difícil acceso, educación y medios de vida adaptados a sus usos y costumbres. Ninguna de estas obligaciones es nueva: todas están en la Constitución y en los tratados que Venezuela ha suscrito.
A eso se suma la representación política. Devolver el voto directo y secreto a los pueblos indígenas, suprimido desde 2020 cuando el CNE dispuso que la elección se realicen por medio de voceros de asambleas comunitarias en contradicción con la Constitución, es condición para que las comunidades incidan realmente en las políticas que les afectan. Sin representación auténtica, los pueblos indígenas seguirán siendo objeto de políticas diseñadas sin ellos y para ellos, no sujetos de derechos con voz propia en los espacios de poder.
En 1992, la premio Nobel de la Paz Rigoberta Menchú dijo: “No se puede concebir una Guatemala democrática, libre y soberana, sin que la identidad indígena perfile su fisonomía en todos los aspectos de la existencia nacional”. Un llamado que la redemocratización de Venezuela puede abrazar como propio.
“Ambicionemos una Venezuela que logre poner un cierto orden razonable, justo y duradero y sólidamente democrático en el ámbito de sus comunicaciones sociales"
Antonio Pasquali, investigador y académico de la comunicación.
La conflictividad política del año 2002 dibujó un escenario que el poder descifró claramente: quien controla el mensajero, controla el mensaje.
El alcance del ecosistema mediático existente hace dos décadas mostraba una proporción en la cual más de 80% de los medios privados dominaban el modelo de negocio en comparación a los medios públicos. Y desde el poder ese fue el objetivo: invertir por diseño esta proporción para sostener la llamada “hegemonía comunicacional”, un modelo concebido para controlar la narrativa gubernamental desde el sistema de medios públicos, consolidado como estructura oficialista en el año 2006, primero como el Sistema Nacional de Medios Públicos (SNMP) y luego en 2008 como el Sistema Bolivariano de Comunicación e Información (Sibci).
La gestión del sistema público es un debate de larga data de más de 50 años que se planteó con el proyecto Ratelve, una bandera del investigador Antonio Pasquali, un modelo de radio y televisión pública que limita la intervención gubernamental, prioriza la producción de calidad cercana a la audiencia y enfatiza en la idea de complementariedad y no de competitividad; un proyecto que ya propone varias tareas posibles que deriven en acciones o guía de desarrollo.
El contexto nacional represivo, el dominio del aparato del Estado y el partido de gobierno sobre los medios públicos como órganos de propaganda coincidió con un desgaste mundial del modelo de negocio y financiamiento del periodismo, lo que generó una crisis de credibilidad y confianza para las audiencias, por lo que Mariela Torrealba, investigadora y académica, apuesta como una tarea previa: “reconstruir y educar a las audiencias que perdieron el derecho a estar informados, para que en realidad puedan compartir una agenda. El periodismo, decía Gomis, es el presente social de referencia”.
De allí que una tarea también sea entender el estado actual de esta mapa configurado de medios y redes de comunicadores asociados a narrativas oficialistas para comprender el alcance, vínculos con actores de poder y patrones de desinformación y difusión de mensajes.
Pero como base los investigadores plantean volver a definir el derecho a la información, no como un asunto de los medios ni de los periodistas, sino cómo un derecho de la ciudadanía. “El derecho a la libertad de expresión implica la posibilidad de ejercer los demás derechos porque la información es el polo alrededor del cual se organiza gran parte de la vida pública y por tanto de la ciudadanía”, explica el profesor y comunicólogo Marcelino Bisbal.
BLOQUE 4
La historia reciente de las universidades venezolanas ha sido de resistencia frente a los intentos de asfixia presupuestaria y la intervención institucional. La lucha por la autonomía no es solo una demanda gremial, sino parte del proceso de redemocratización del país. Recuperar las universidades significa devolverle su rol como motor de movilidad social, pensamiento crítico y descentralización.
La Constitución es el punto de partida: el artículo 109 reconoce la autonomía universitaria como principio que permite a profesores, estudiantes y egresados dedicarse a la búsqueda del conocimiento con independencia. Virgilio Castillo, presidente de la Asociación de Profesores de la Universidad de Los Andes, advierte que "ningún instrumento legal será efectivo si el Estado no garantiza la libertad sindical y de expresión", y señala como tarea urgente el rescate de las normas de homologación y la indexación salarial para devolver el poder adquisitivo al docente, eliminando la discrecionalidad de los bonos sin incidencia prestacional.
La Recomendación relativa a la condición del personal docente de la enseñanza superior de la Unesco (1997) respalda esa exigencia: establece que los Estados deben garantizar a las instituciones universitarias financiamiento adecuado como condición para que la libertad académica sea real y no solo formal. Sin salarios dignos y escalas salariales justas, la carrera académica se vacía de contenido y la investigación se detiene. La destrucción de las interescalas salariales en Venezuela desmanteló ese sistema de incentivos que históricamente impulsó la producción de conocimiento y la movilidad social.
“La autonomía es
la condición necesaria
para que la enseñanza
superior pueda cumplir
su misión"
Declaración Mundial sobre Educación Superior
(Unesco, 1998).
Pero la autonomía presupuestaria y salarial no basta si persiste la crisis de representatividad que paraliza a las casas de estudio. La autonomía académica, definida por la Ley de Universidades como el “derecho a planificar y realizar programas de investigación y docencia sin tutelajes”, debe ser inseparable de la autonomía administrativa, que otorga potestad de elegir a sus propias autoridades.
La Universidad Central de Venezuela logró renovar cargos en 2023, pero instituciones como la Universidad Simón Bolívar siguen enfrentando una parálisis democrática tras años de intervención con autoridades designadas externamente.
Como señala la organización Aula Abierta, la ausencia de elecciones internas no es un asunto burocrático sino una vulneración directa a la libertad de cátedra: "el control político sobre la gestión universitaria se traduce en un mecanismo de censura indirecta que impide que el pensamiento crítico florezca sin represalias”.
Restituir la autonomía universitaria requiere voluntad política, pero también mecanismos verificables: elecciones internas con cronograma público, presupuesto asignado por fórmula constitucional y no por discrecionalidad, y homologación salarial indexada. Solo así podrá cumplir lo que la Magna Charta Universitatum exige: ser la conciencia crítica de la sociedad que la sostiene.
El desmantelamiento de las estructuras sindicales y gremiales en Venezuela no solo ha traído la pérdida de derechos laborales concretos sino que ha erosionado la cultura de organización colectiva que sostiene cualquier democracia. Sin sindicatos autónomos, sin negociación colectiva real y sin elecciones gremiales libres, los trabajadores quedan desprotegidos frente al Estado y al empleador, y la democracia pierde uno de sus pilares fundamentales.
La Constitución garantiza el derecho al trabajo digno, a la organización sindical y a la negociación colectiva, pero ha sido ignorada. Restaurarla pasa por atender las recomendaciones específicas al respecto que ha formulado el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo basados en convenios que ya han sido firmados por Venezuela.
"El ente que nos debe proteger es el que violenta nuestros derechos y por eso no hemos tenido paz laboral desde hace años", dice Starling Bracho, secretario general del sindicato eléctrico en Falcón. La fuerza laboral venezolana enfrenta sueldos que no alcanzan para cubrir necesidades básicas, violaciones sistemáticas de las convenciones laborales, pérdida de beneficios conquistados durante décadas y trabas administrativas y judiciales que impiden la renovación de liderazgos sindicales. Esos incumplimientos se traducen en violaciones a derechos fundamentales: salud, alimentación, seguridad social y hasta el derecho a la protesta, porque los conflictos llevados a la esfera pública han sido respondidos con persecución, agresión y detenciones arbitrarias.
“Es una de las características de
una nación libre
y democrática moderna
tener sindicatos laborales
libres e independientes"
Franklin D. Roosevelt,
presidente de Estados Unidos, 1940.
La Declaración de la OIT sobre los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (1998) establece que la libertad sindical y la negociación colectiva son derechos que todos los Estados miembros deben respetar. Para aplicarla de lleno en Venezuela hay que eliminar las trabas judiciales y administrativas que impiden las elecciones sindicales, reconocer a las organizaciones existentes como interlocutores legítimos y restituir las convenciones colectivas suspendidas o desconocidas. “El primer paso para mostrar voluntad política es reconocer a las organizaciones sindicales y sentarse a dialogar”, apunta Bracho.
Judith León, presidenta de la Federación de Colegios de Bioanalistas de Venezuela, señala que la reconstrucción pasa por la formación, “para que los dirigentes y nuevas generaciones puedan pensar en quienes van a ocupar esos cargos cuando haya elecciones". Los sindicatos no se han extinguido, sino sobrevivido. Una cultura organizativa clave para la restitución democrática.
Las primeras señales de voluntad política no requieren grandes desembolsos. Bracho lo precisa: reintegrar a los trabajadores despedidos o jubilados forzosamente por razones políticas, devolver las sedes sindicales confiscadas y cumplir las órdenes de reenganche pendientes. "Que nos llamen y nos reconozcan como interlocutores legítimos: eso no cuesta dinero", dice. Cuando eso ocurra, agrega, el trabajador creerá que hay voluntad política real de cambio.
Aunque la Constitución califica al Estado como federal descentralizado en su artículo 4, el chavismo recentralizó las competencias transferidas a los estados y municipios en educación, salud, vialidad, puertos y aeropuertos; anuló su capacidad de generar ingresos propios e impuso figuras paralelas que reportan directamente al Ejecutivo. Así, los artículos 168 y 169 de la Constitución, que garantizan la autonomía municipal, quedaron de facto anulados.
Fortunato González, exalcalde de Mérida, plantea que los municipios sean los que ejecuten los planes de gobierno, bajo la premisa de que “la calidad de la democracia comienza por la calidad de los gobiernos locales”.
Una nueva Ley Orgánica de Régimen Municipal pudiera fortalecer la autonomía, estableciendo un sistema nacional y estadal de asistencia y asesoría a la gestión local. Se puede construir a partir de las Directrices Internacionales sobre Descentralización y Fortalecimiento de las Autoridades Locales, adoptadas por ONU-Hábitat y Ciudades y Gobiernos Locales Unidos en 2007, sobre competencias, autonomía fiscal real y mecanismos de rendición de cuentas.
“Hay que reforzar la tesis
de la autonomía y eliminar
los consejos comunales"
Fortunato González, primer alcalde electo
de Mérida e investigador sobre procesos
de descentralización en Venezuela.
La autonomía fiscal se puede restaurar, siguiendo las recomendaciones del PNUD a partir de su Misión de Descentralización en Colombia (2024) y de la Carta Europea de Autonomía Local, adoptada en 1985 y referencia global en la materia, que ratifican que gobiernos locales con recursos propios suficientes dejan de depender de la discrecionalidad del poder central.
González dice que es necesario además eliminar las estructuras del llamado "poder popular" pues han pretendido sustituir la arquitectura municipal democrática para responder a intereses partidistas. Sus integrantes, dice, deben ser capacitados como funcionarios para “recibir órdenes de la gente, no del partido”.
El investigador también propone elevar el número de municipios de 335 a unos mil. Según datos recopilados por el Observatorio Mundial de Finanzas e Inversiones de los Gobiernos Subnacionales, Venezuela tiene uno de los promedios de población municipal más altos de América Latina. En países democráticos la carga es mucho menor. Colombia, por ejemplo, tiene 48.000 personas de media por municipio frente a los más de 80.000 de Venezuela.
Venezuela comenzó a caminar la descentralización en 1989, y luego revirtió el proceso. Retomarlo, con municipios más pequeños, más cercanos y con recursos propios, es apostar por una democracia que no dependa exclusivamente de lo que decida Caracas.
En su Declaración de 2007, la ONU ha dejado en claro que “los pueblos indígenas poseen derechos colectivos que son indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral”. La Constitución venezolana dedica ocho artículos –del 119 al 126– a los pueblos indígenas; sin embargo, desde su promulgación se han incumplido parcialmente, empezando por la demarcación.
Hasta 2024, según informes de Odevida y Provea, solo se han entregado títulos sobre el 13% de los hábitats indígenas. Mientras tanto, la minería ilegal y el avance de grupos armados desplazan a comunidades enteras de sus territorios, lesionan sus derechos y destruyen sus formas de vida. A pesar de toda la letra escrita desde 1999 garantizando la vida y la perpetuación de las costumbres de los 52 pueblos indígenas que habitan el suelo venezolano, sus condiciones no han hecho sino deteriorarse, documenta Odevida.
El marco jurídico internacional es claro y Venezuela lo ha suscrito. El Convenio 169 de la OIT, ratificado por Venezuela en 2002, establece el derecho al consentimiento previo, libre e informado de los pueblos indígenas antes de cualquier proyecto extractivo en sus territorios. La Declaración de la ONU de 2007 refuerza ese principio en sus artículos 10, 26 y 32: prohíbe el desplazamiento forzado, reconoce el derecho a sus tierras y exige consulta antes de aprobar proyectos que afecten sus territorios.
“Las autoridades deben
reconocer que es
territorio indígena…
Sin los indígenas,
sin la selva, no hay vida"
Davi Kopenawa, chamán y líder yanomami
brasileño, defensor de los derechos indígenas.
El Estado venezolano no solo tiene como tarea concretar la entrega de títulos de tierra, sino garantizar que estos espacios no sean invadidos siguiendo una política extractiva, como ha ocurrido bajo el concepto oficial de "soberanía minera" y profundizando la depredación ambiental, como ha documentado la Misión Independiente de Determinación de Hechos de la ONU. También está en la obligación de proveer servicios básicos y de salud adecuados, especialmente en comunidades remotas o de difícil acceso, educación y medios de vida adaptados a sus usos y costumbres. Ninguna de estas obligaciones es nueva: todas están en la Constitución y en los tratados que Venezuela ha suscrito.
A eso se suma la representación política. Devolver el voto directo y secreto a los pueblos indígenas, suprimido desde 2020 cuando el CNE dispuso que la elección se realicen por medio de voceros de asambleas comunitarias en contradicción con la Constitución, es condición para que las comunidades incidan realmente en las políticas que les afectan. Sin representación auténtica, los pueblos indígenas seguirán siendo objeto de políticas diseñadas sin ellos y para ellos, no sujetos de derechos con voz propia en los espacios de poder.
En 1992, la premio Nobel de la Paz Rigoberta Menchú dijo: “No se puede concebir una Guatemala democrática, libre y soberana, sin que la identidad indígena perfile su fisonomía en todos los aspectos de la existencia nacional”. Un llamado que la redemocratización de Venezuela puede abrazar como propio.
La conflictividad política del año 2002 dibujó un escenario que el poder descifró claramente: quien controla el mensajero, controla el mensaje.
El alcance del ecosistema mediático existente hace dos décadas mostraba una proporción en la cual más de 80% de los medios privados dominaban el modelo de negocio en comparación a los medios públicos. Y desde el poder ese fue el objetivo: invertir por diseño esta proporción para sostener la llamada “hegemonía comunicacional”, un modelo concebido para controlar la narrativa gubernamental desde el sistema de medios públicos, consolidado como estructura oficialista en el año 2006, primero como el Sistema Nacional de Medios Públicos (SNMP) y luego en 2008 como el Sistema Bolivariano de Comunicación e Información (Sibci).
La gestión del sistema público es un debate de larga data de más de 50 años que se planteó con el proyecto Ratelve, una bandera del investigador Antonio Pasquali, un modelo de radio y televisión pública que limita la intervención gubernamental, prioriza la producción de calidad cercana a la audiencia y enfatiza en la idea de complementariedad y no de competitividad; un proyecto que ya propone varias tareas posibles que deriven en acciones o guía de desarrollo.
“Ambicionemos una Venezuela que logre poner un cierto orden razonable, justo y duradero y sólidamente democrático en el ámbito de sus comunicaciones sociales"
Antonio Pasquali, investigador
y académico de la comunicación.
El contexto nacional represivo, el dominio del aparato del Estado y el partido de gobierno sobre los medios públicos como órganos de propaganda coincidió con un desgaste mundial del modelo de negocio y financiamiento del periodismo, lo que generó una crisis de credibilidad y confianza para las audiencias, por lo que Mariela Torrealba, investigadora y académica, apuesta como una tarea previa: “reconstruir y educar a las audiencias que perdieron el derecho a estar informados, para que en realidad puedan compartir una agenda. El periodismo, decía Gomis, es el presente social de referencia”.
De allí que una tarea también sea entender el estado actual de esta mapa configurado de medios y redes de comunicadores asociados a narrativas oficialistas para comprender el alcance, vínculos con actores de poder y patrones de desinformación y difusión de mensajes.
Pero como base los investigadores plantean volver a definir el derecho a la información, no como un asunto de los medios ni de los periodistas, sino cómo un derecho de la ciudadanía. “El derecho a la libertad de expresión implica la posibilidad de ejercer los demás derechos porque la información es el polo alrededor del cual se organiza gran parte de la vida pública y por tanto de la ciudadanía”, explica el profesor y comunicólogo Marcelino Bisbal.
“Se ha impuesto la tesis de que
el CNE debe conformarse
con equilibrios más que
con independencia, y eso viola
la Constitución"
Luis Lander, director del Observatorio Electoral Venezolano (OEV).
Venezuela necesita un árbitro electoral genuinamente autónomo, en quien una amplia mayoría confíe, y no un organismo de reparto de representaciones políticas. Ese es el Consejo Nacional Electoral que la Constitución de 1999 diseñó y que el país aún está en deuda de construir.
La Constitución eleva al CNE a la categoría de Poder Electoral, con autonomía funcional y presupuestaria (art. 294). Sin embargo, en la práctica el CNE ha funcionado como un poder subordinado a otros. "La independencia del CNE es una carta al Niño Jesús", advierte Luis Lander, director del Observatorio Electoral Venezolano. Aun así, añade: “Quisiera creer que sí es posible”.
El camino constitucional para lograrlo existe: cinco rectores sin vínculos partidistas, postulados en su mayoría por la sociedad civil y seleccionados por la Asamblea Nacional (art. 296). Para lograrlo, habría que desterrar prácticas que se han hecho comunes estos años, como la renuncia instrumental a la militancia para justificar una postulación, así como las postulaciones de figuras políticas mediante estructuras civiles que encubren a partidos. En definitiva, priorizar credenciales en vez de nombres o filiaciones. La Asamblea Nacional pudiera reglamentar el proceso con participación de universidades y organizaciones civiles verificables.
La meta no es un CNE del cual se discuta la configuración de su directorio (tantos rectores de un lado y tantos del otro, como hasta ahora), sino cinco personas probas y capaces, como dice Lander, "de poner su corazón de un lado". Romper con la lógica de un forzado equilibrio político es la condición para que el árbitro pueda, por fin, serlo de verdad.
“El primer paso esencial
en el camino hacia la dominación
total es matar a la persona jurídica
en el hombre"
Hannah Arendt, Los orígenes del totalitarismo (1951).
Venezuela necesita que todos sus ciudadanos puedan participar en política en igualdad de condiciones. La Constitución es clara: los derechos políticos solo pueden suspenderse mediante sentencia judicial firme (art. 42).
Sin embargo, el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría ha sido usado durante años para inhabilitar ciudadanos por vía administrativa, sin condena penal ni juez competente. La Corte Interamericana de Derechos Humanos lo declaró violatorio de la Convención Americana en 2011. El Tribunal Supremo de Justicia declaró inejecutable esa sentencia y el mecanismo siguió operando; una contradicción que el propio TSJ pudiera corregir.
Luis Lander, director del Observatorio Electoral Venezolano, dice que el remedio es claro: "Que sea el CNE y los tribunales los que por ley actúen o restrinjan", no un órgano de control fiscal. Para ello solo haría falta ceñirse a la letra, y no a la interpretación interesada, de la ley. Se ha propuesto incluso derogar el mentado artículo 105 vía Asamblea Nacional, una decisión políticamente viable con la correlación de fuerzas actual.
El problema de las tarjetas electorales luce más complejo, pues las mismas siglas están siendo reclamadas simultáneamente por facciones distintas con respaldo judicial cruzado. Lander apunta a que "pareciera que sí hay que hacer borrón y cuenta nueva".
Para ello, un nuevo CNE pudiera comenzar a reconstruir la oferta de partidos, incluso con la posibilidad de declarar en extinción las tarjetas en disputa y habilitar a todas las partes para registrar nuevas organizaciones. Nadie gana la tarjeta del otro, pero tampoco la pierde: todos empiezan de cero con su propia identidad electoral.
“El Estado venezolano, al privar arbitrariamente del derecho
al voto a los venezolanos
en el exterior, afectó al mismo
tiempo los derechos a la libertad
de opinión y participación política
de cerca del 25% de la población electoral venezolana"
Barreras al Registro Electoral en el exterior (2024),
publicado por Alerta Venezuela, Espacio Público y Voto Joven.
De los casi ocho millones de venezolanos fuera, más de cinco millones deberían poder votar –como garantiza la Constitución en su artículo 64–, de no ser por barreras legales. Para inscribirse en el Registro Electoral en el extranjero, la Cancillería exige residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia, además de la cédula de identidad vigente.
Para Griselda Colina, exrectora suplente del Consejo Nacional Electoral (CNE), es prioridad que se reactiven los operativos especiales de registro y actualización de datos, dentro y fuera de Venezuela, cumpliendo así con el carácter continuo del padrón electoral, según lo establecido en el Artículo 28 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre).
A su juicio, los consulados no deberían exigir ningún documento adicional a la cédula de identidad o, en su defecto, el pasaporte. Esto pudiera conseguirse con resoluciones o reglamentos del Consejo Nacional Electoral que reconozcan la validez del pasaporte como sustituto de la cédula para inscribirse y votar en el exterior.
Dado que algunas sedes consulares solo funcionan en las capitales o no están disponibles en países o ciudades de acogida, plantea la posibilidad de establecer alianzas con la Agencia de la ONU para los Refugiados (Acnur) para dimensionar el padrón electoral en el exterior y procurar un despliegue técnico y de personal proporcional a la demanda real.
Luis Lander, director del Observatorio Electoral Venezolano, apunta una dimensión adicional: la infraestructura actual no alcanza para que todos los electores en el exterior voten. “Por los tamaños de los consulados, por la cantidad de ellos con respecto a los venezolanos migrantes, por las limitaciones legales. La única manera, por tanto, es que el voto sea digital”, apunta.
Digitalizar el voto pasaría por diseñar un sistema específico, “y lograr ganarse la confianza del electorado en su uso”, dice Lander. Para ello, subraya Colina, es necesario profundizar las auditorías y la transparencia de los datos, así como contar con un Poder Electoral robusto e independiente, entre otras acciones que sirvan para recuperar la credibilidad perdida y que el voto en el exterior deje de ser un derecho solo en el papel.
“Las elecciones son el mecanismo
por excelencia de legitimación
y la forma de resolver controversias
sociales a través de la determinación
de la voluntad popular"
Jesús Castellanos, politólogo.
El cronograma electoral, definido en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) como el esquema de etapas del proceso, debe dejar de ser una herramienta de subordinación política para convertirse en un mapa de certezas jurídicas.
Para cumplir esta tarea de restitución democrática, el experto en temas electorales Jesús Castellanos advierte que la autoridad debe recuperar su autonomía constitucional, garantizando un plazo técnico de seis a ocho meses. Este tiempo no es un capricho administrativo, sino el margen necesario para que la convocatoria no sea un simulacro. De esta forma, se puede cumplir con una predictibilidad que permita la participación equitativa de todos los actores, como exigen instrumentos internacionales como el Manual de Observación Electoral de la Unión Europea (2025).
Ejecutar esta tarea implica superar la obsolescencia técnica que hoy asfixia al sistema, activando un Registro Electoral continuo y masivo —según ordena el artículo 28 de la Lopre— y abrir lapsos justos para la legalización de organizaciones políticas.
La Guía de Buenas Prácticas de la OEA (2023) señala que los organismos electorales deben asegurar la independencia técnica, garantizando que la fijación de plazos no favorecerá indebidamente a ninguna de las partes. La tarea exige, además, auditorías exhaustivas y una observación internacional que, bajo los estándares de integridad del Centro Carter, cuente con acceso total a todas las fases para verificar la transparencia en el manejo de resultados y el financiamiento.
Al devolver al sufragio su carácter auténtico, el cronograma se convierte en el primer acto de una democracia que vuelve a tomarse en serio.
“La gobernabilidad es un difícil
equilibrio entre el orden
y la libertad; sin alternabilidad, no
hay forma de recompensar el éxito o
sancionar el fracaso de una gestión"
Fernando Spiritto, profesor de políticas públicas
en la Universidad Católica Andrés Bello.
Establecer acuerdos de gobernabilidad es la tarea fundamental para que una transición sea sostenible. El Pacto de Punto Fijo, firmado en 1958, sirve como antecedente venezolano de un acuerdo entre partidos para reconocerse mutuamente como adversarios legítimos, respetar los resultados electorales y garantizar que ningún actor lo perdiera todo al perder una elección.
En el presente, el artículo 2 de la Constitución propugna el pluralismo político como valor superior, y el artículo 6 establece que el gobierno debe ser siempre alternativo, responsable y pluralista. El artículo 21 prohíbe discriminaciones fundadas en la ideología política. Tres mandatos que, aplicados, harían del adversario político un par legítimo y no un enemigo a eliminar.
Para Fernando Spiritto, ese pluralismo exige que la sociedad civil y las organizaciones políticas operen bajo un esquema real de libertad de expresión e información. El cumplimiento de esta tarea implica rescatar el espíritu de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, garantizando que las asociaciones ciudadanas funcionen sin miedo y que la información circule libremente. Spiritto propone además adoptar una "democracia militante" que establezca reglas claras contra actores antidemocráticos, asegurando que las coaliciones defiendan la institucionalidad frente a cualquier intento de subvertir las normas de convivencia.
La Carta Democrática Interamericana, aprobada por la OEA en 2001 con respaldo de Venezuela, ofrece un marco regional que contempla la alternabilidad en el poder, el pluralismo político y la separación de poderes, además de transparencia y Estado de Derecho.
Los politólogos Guillermo O'Donnell y Philippe Schmitter establecieron en su obra clásica Transiciones desde un gobierno autoritario (1986) que las transiciones exitosas requieren, entre muchas otras cosas, pactos que garanticen que ningún actor pierda todo en una elección. Ese principio tiene una traducción práctica concreta: la eliminación de la reelección indefinida, que hoy permite perpetuar el control de todos los cargos ejecutivos. Para Spiritto esto es fundamental. A ello, hay que añadir el fortalecimiento de la autonomía de instituciones como el Banco Central y el Instituto Nacional de Estadísticas.
Las consecuencias de esos acuerdos trascienden lo político. Como señala Spiritto, solo autoridades legitimadas mediante el voto pueden firmar contratos de largo plazo y atraer la inversión nacional y extranjera que el país requiere. Sin gobernabilidad no hay economía estable, y sin economía estable no hay democracia duradera. El fin último de esta tarea es que Venezuela cuente con un sistema de pesos y contrapesos donde el sufragio sea el mecanismo real para premiar o sancionar los resultados de una gestión, devolviendo la soberanía al ciudadano.
BLOQUE 5
Venezuela necesita un árbitro electoral genuinamente autónomo, en quien una amplia mayoría confíe, y no un organismo de reparto de representaciones políticas. Ese es el Consejo Nacional Electoral que la Constitución de 1999 diseñó y que el país aún está en deuda de construir.
La Constitución eleva al CNE a la categoría de Poder Electoral, con autonomía funcional y presupuestaria (art. 294). Sin embargo, en la práctica el CNE ha funcionado como un poder subordinado a otros. "La independencia del CNE es una carta al Niño Jesús", advierte Luis Lander, director del Observatorio Electoral Venezolano. Aun así, añade: “Quisiera creer que sí es posible”.
“Se ha impuesto la tesis
de que el CNE debe
conformarse
con equilibrios más que
con independencia,
y eso viola
la Constitución"
Luis Lander,
director del Observatorio
Electoral Venezolano (OEV).
El camino constitucional para lograrlo existe: cinco rectores sin vínculos partidistas, postulados en su mayoría por la sociedad civil y seleccionados por la Asamblea Nacional (art. 296). Para lograrlo, habría que desterrar prácticas que se han hecho comunes estos años, como la renuncia instrumental a la militancia para justificar una postulación, así como las postulaciones de figuras políticas mediante estructuras civiles que encubren a partidos. En definitiva, priorizar credenciales en vez de nombres o filiaciones. La Asamblea Nacional pudiera reglamentar el proceso con participación de universidades y organizaciones civiles verificables.
La meta no es un CNE del cual se discuta la configuración de su directorio (tantos rectores de un lado y tantos del otro, como hasta ahora), sino cinco personas probas y capaces, como dice Lander, "de poner su corazón de un lado". Romper con la lógica de un forzado equilibrio político es la condición para que el árbitro pueda, por fin, serlo de verdad.
Venezuela necesita que todos sus ciudadanos puedan participar en política en igualdad de condiciones. La Constitución es clara: los derechos políticos solo pueden suspenderse mediante sentencia judicial firme (art. 42).
Sin embargo, el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría ha sido usado durante años para inhabilitar ciudadanos por vía administrativa, sin condena penal ni juez competente. La Corte Interamericana de Derechos Humanos lo declaró violatorio de la Convención Americana en 2011. El Tribunal Supremo de Justicia declaró inejecutable esa sentencia y el mecanismo siguió operando; una contradicción que el propio TSJ pudiera corregir.
“El primer paso esencial
en el camino hacia
la dominación total
es matar a la persona
jurídica en el hombre"
Hannah Arendt,
Los orígenes del totalitarismo (1951).
Luis Lander, director del Observatorio Electoral Venezolano, dice que el remedio es claro: "Que sea el CNE y los tribunales los que por ley actúen o restrinjan", no un órgano de control fiscal. Para ello solo haría falta ceñirse a la letra, y no a la interpretación interesada, de la ley. Se ha propuesto incluso derogar el mentado artículo 105 vía Asamblea Nacional, una decisión políticamente viable con la correlación de fuerzas actual.
El problema de las tarjetas electorales luce más complejo, pues las mismas siglas están siendo reclamadas simultáneamente por facciones distintas con respaldo judicial cruzado. Lander apunta a que "pareciera que sí hay que hacer borrón y cuenta nueva".
Para ello, un nuevo CNE pudiera comenzar a reconstruir la oferta de partidos, incluso con la posibilidad de declarar en extinción las tarjetas en disputa y habilitar a todas las partes para registrar nuevas organizaciones. Nadie gana la tarjeta del otro, pero tampoco la pierde: todos empiezan de cero con su propia identidad electoral.
De los casi ocho millones de venezolanos fuera, más de cinco millones deberían poder votar –como garantiza la Constitución en su artículo 64–, de no ser por barreras legales. Para inscribirse en el Registro Electoral en el extranjero, la Cancillería exige residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia, además de la cédula de identidad vigente.
Para Griselda Colina, exrectora suplente del Consejo Nacional Electoral (CNE), es prioridad que se reactiven los operativos especiales de registro y actualización de datos, dentro y fuera de Venezuela, cumpliendo así con el carácter continuo del padrón electoral, según lo establecido en el Artículo 28 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre).
A su juicio, los consulados no deberían exigir ningún documento adicional a la cédula de identidad o, en su defecto, el pasaporte. Esto pudiera conseguirse con resoluciones o reglamentos del Consejo Nacional Electoral que reconozcan la validez del pasaporte como sustituto de la cédula para inscribirse y votar en el exterior.
“El Estado venezolano,
al privar arbitrariamente
del derecho al voto
a los venezolanos
en el exterior, afectó
al mismo tiempo
los derechos a la libertad
de opinión y participación
política de cerca del 25%
de la población electoral
venezolana"
Barreras al Registro Electoral en el exterior (2024),
publicado por Alerta Venezuela,
Espacio Público y Voto Joven.
Dado que algunas sedes consulares solo funcionan en las capitales o no están disponibles en países o ciudades de acogida, plantea la posibilidad de establecer alianzas con la Agencia de la ONU para los Refugiados (Acnur) para dimensionar el padrón electoral en el exterior y procurar un despliegue técnico y de personal proporcional a la demanda real.
Luis Lander, director del Observatorio Electoral Venezolano, apunta una dimensión adicional: la infraestructura actual no alcanza para que todos los electores en el exterior voten. “Por los tamaños de los consulados, por la cantidad de ellos con respecto a los venezolanos migrantes, por las limitaciones legales. La única manera, por tanto, es que el voto sea digital”, apunta.
Digitalizar el voto pasaría por diseñar un sistema específico, “y lograr ganarse la confianza del electorado en su uso”, dice Lander. Para ello, subraya Colina, es necesario profundizar las auditorías y la transparencia de los datos, así como contar con un Poder Electoral robusto e independiente, entre otras acciones que sirvan para recuperar la credibilidad perdida y que el voto en el exterior deje de ser un derecho solo en el papel.
El cronograma electoral, definido en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) como el esquema de etapas del proceso, debe dejar de ser una herramienta de subordinación política para convertirse en un mapa de certezas jurídicas.
Para cumplir esta tarea de restitución democrática, el experto en temas electorales Jesús Castellanos advierte que la autoridad debe recuperar su autonomía constitucional, garantizando un plazo técnico de seis a ocho meses. Este tiempo no es un capricho administrativo, sino el margen necesario para que la convocatoria no sea un simulacro. De esta forma, se puede cumplir con una predictibilidad que permita la participación equitativa de todos los actores, como exigen instrumentos internacionales como el Manual de Observación Electoral de la Unión Europea (2025).
“Las elecciones son
el mecanismo por
excelencia de legitimación
y la forma de resolver controversias
sociales a través de la determinación
de la voluntad popular"
Jesús Castellanos,
politólogo.
Ejecutar esta tarea implica superar la obsolescencia técnica que hoy asfixia al sistema, activando un Registro Electoral continuo y masivo —según ordena el artículo 28 de la Lopre— y abrir lapsos justos para la legalización de organizaciones políticas.
La Guía de Buenas Prácticas de la OEA (2023) señala que los organismos electorales deben asegurar la independencia técnica, garantizando que la fijación de plazos no favorecerá indebidamente a ninguna de las partes. La tarea exige, además, auditorías exhaustivas y una observación internacional que, bajo los estándares de integridad del Centro Carter, cuente con acceso total a todas las fases para verificar la transparencia en el manejo de resultados y el financiamiento.
Al devolver al sufragio su carácter auténtico, el cronograma se convierte en el primer acto de una democracia que vuelve a tomarse en serio.
Establecer acuerdos de gobernabilidad es la tarea fundamental para que una transición sea sostenible. El Pacto de Punto Fijo, firmado en 1958, sirve como antecedente venezolano de un acuerdo entre partidos para reconocerse mutuamente como adversarios legítimos, respetar los resultados electorales y garantizar que ningún actor lo perdiera todo al perder una elección.
En el presente, el artículo 2 de la Constitución propugna el pluralismo político como valor superior, y el artículo 6 establece que el gobierno debe ser siempre alternativo, responsable y pluralista. El artículo 21 prohíbe discriminaciones fundadas en la ideología política. Tres mandatos que, aplicados, harían del adversario político un par legítimo y no un enemigo a eliminar.
Para Fernando Spiritto, ese pluralismo exige que la sociedad civil y las organizaciones políticas operen bajo un esquema real de libertad de expresión e información. El cumplimiento de esta tarea implica rescatar el espíritu de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, garantizando que las asociaciones ciudadanas funcionen sin miedo y que la información circule libremente. Spiritto propone además adoptar una "democracia militante" que establezca reglas claras contra actores antidemocráticos, asegurando que las coaliciones defiendan la institucionalidad frente a cualquier intento de subvertir las normas de convivencia.
“La gobernabilidad es
un difícil equilibrio
entre el orden y la libertad;
sin alternabilidad, no
hay forma de recompensar el éxito
o sancionar el fracaso
de una gestión"
Fernando Spiritto,
profesor de políticas públicas
en la Universidad Católica Andrés Bello.
La Carta Democrática Interamericana, aprobada por la OEA en 2001 con respaldo de Venezuela, ofrece un marco regional que contempla la alternabilidad en el poder, el pluralismo político y la separación de poderes, además de transparencia y Estado de Derecho.
Los politólogos Guillermo O'Donnell y Philippe Schmitter establecieron en su obra clásica Transiciones desde un gobierno autoritario (1986) que las transiciones exitosas requieren, entre muchas otras cosas, pactos que garanticen que ningún actor pierda todo en una elección. Ese principio tiene una traducción práctica concreta: la eliminación de la reelección indefinida, que hoy permite perpetuar el control de todos los cargos ejecutivos. Para Spiritto esto es fundamental. A ello, hay que añadir el fortalecimiento de la autonomía de instituciones como el Banco Central y el Instituto Nacional de Estadísticas.
Las consecuencias de esos acuerdos trascienden lo político. Como señala Spiritto, solo autoridades legitimadas mediante el voto pueden firmar contratos de largo plazo y atraer la inversión nacional y extranjera que el país requiere. Sin gobernabilidad no hay economía estable, y sin economía estable no hay democracia duradera. El fin último de esta tarea es que Venezuela cuente con un sistema de pesos y contrapesos donde el sufragio sea el mecanismo real para premiar o sancionar los resultados de una gestión, devolviendo la soberanía al ciudadano.
“El objetivo de la política
democrática es transformar
el antagonismo en agonismo:
que el otro ya no sea percibido como
un enemigo a destruir, sino como
un adversario cuyas ideas combatiremos, pero cuyo derecho a
defenderlas nunca cuestionaremos"
Chantal Mouffe, Por una política de identidad democrática (1999).
Esta es, al mismo tiempo, la última tarea y la primera. La más difícil de legislar y la más urgente de comenzar. No hay ley que la imponga ni decreto que la garantice: la cultura y la ética democrática se construyen en el comportamiento cotidiano de los actores políticos, en las aulas, en los púlpitos, en las mesas de negociación y en el lenguaje con que unos y otros se nombran.
Venezuela lleva un cuarto de siglo atrapada en lo que la politóloga belga Chantal Mouffe llama "antagonismo": la lógica del enemigo que debe ser destruido. Salir de ese ciclo exige un giro cultural profundo: pasar a la disputa entre adversarios que se reconocen como legítimos.
El politólogo Guillermo Tell Aveledo señala que ese giro comienza por un reconocimiento incómodo para todos: "Hay que reconocer que el otro también tuvo aspiraciones genuinas”. Eso exige autocrítica recíproca. La oposición histórica debe mirar en el espejo sus propias sombras. Y del chavismo pueden rescatarse sus aspiraciones fundacionales de justicia social e inclusión, sepultadas por el autoritarismo que eligió como método.
Pero la autocrítica tiene sus límites prácticos. Casi ninguna transición exitosa ha comenzado por la confesión pública de todos los pecados. "Hay temas de los cuales no vas a volver a litigar. No vas a tocar en mucho tiempo. Parte de casi todas las transiciones han pasado por ahí”, apunta Aveledo.
España eligió en su transición no revivir las heridas de la guerra civil sino construir sobre ellas un nuevo pacto. Indonesia procesó décadas de autoritarismo sin un gran juicio histórico. Hay algo de fingimiento colectivo en ese ejercicio. "¿Y eso es una hipocresía? Sí, ciertamente. Es una hipocresía que hace llevadero el tema", admite Aveledo sobre los acuerdos tácitos de no meter el dedo en ciertas llagas todavía abiertas.
En esas dos transiciones hubo un elemento que Venezuela hoy no tiene con claridad: un árbitro con autoridad suficiente para hacer sentar a los actores. "No podemos solos, literalmente", admite Aveledo. Esa carencia no es un obstáculo insalvable, pero sí una advertencia: el proceso requerirá acompañamiento externo y la humildad de reconocerlo.
Construir esa cultura requiere no solo voluntad política sino pedagogía institucional sostenida: universidades, iglesias, líderes comunitarios, psicólogos sociales, filósofos. También, que quienes tienen más poder den las primeras señales de contrición, porque sin modelaje desde arriba la pedagogía de la tolerancia suena hueca. Y requiere, sobre todo, que todos acepten que perder una elección no es el fin sino la condición que hace posible volver a ganar. Como escribió Mouffe, la confrontación entre adversarios –que no la guerra entre enemigos– es la condición previa de una democracia viva.
Esta es, al mismo tiempo, la última tarea y la primera. La más difícil de legislar y la más urgente de comenzar. No hay ley que la imponga ni decreto que la garantice: la cultura y la ética democrática se construyen en el comportamiento cotidiano de los actores políticos, en las aulas, en los púlpitos, en las mesas de negociación y en el lenguaje con que unos y otros se nombran.
Venezuela lleva un cuarto de siglo atrapada en lo que la politóloga belga Chantal Mouffe llama "antagonismo": la lógica del enemigo que debe ser destruido. Salir de ese ciclo exige un giro cultural profundo: pasar a la disputa entre adversarios que se reconocen como legítimos.
El politólogo Guillermo Tell Aveledo señala que ese giro comienza por un reconocimiento incómodo para todos: "Hay que reconocer que el otro también tuvo aspiraciones genuinas”. Eso exige autocrítica recíproca. La oposición histórica debe mirar en el espejo sus propias sombras. Y del chavismo pueden rescatarse sus aspiraciones fundacionales de justicia social e inclusión, sepultadas por el autoritarismo que eligió como método.
Pero la autocrítica tiene sus límites prácticos. Casi ninguna transición exitosa ha comenzado por la confesión pública de todos los pecados. "Hay temas de los cuales no vas a volver a litigar. No vas a tocar en mucho tiempo. Parte de casi todas las transiciones han pasado por ahí”, apunta Aveledo.
“El objetivo de la política
democrática
es transformar el
antagonismo en agonismo:
que el otro ya no sea
percibido como un
enemigo a destruir, sino como
un adversario cuyas ideas combatiremos,
pero cuyo derecho
a defenderlas nunca cuestionaremos"
Chantal Mouffe, Por una política
de identidad democrática (1999).
España eligió en su transición no revivir las heridas de la guerra civil sino construir sobre ellas un nuevo pacto. Indonesia procesó décadas de autoritarismo sin un gran juicio histórico. Hay algo de fingimiento colectivo en ese ejercicio. "¿Y eso es una hipocresía? Sí, ciertamente. Es una hipocresía que hace llevadero el tema", admite Aveledo sobre los acuerdos tácitos de no meter el dedo en ciertas llagas todavía abiertas.
En esas dos transiciones hubo un elemento que Venezuela hoy no tiene con claridad: un árbitro con autoridad suficiente para hacer sentar a los actores. "No podemos solos, literalmente", admite Aveledo. Esa carencia no es un obstáculo insalvable, pero sí una advertencia: el proceso requerirá acompañamiento externo y la humildad de reconocerlo.
Construir esa cultura requiere no solo voluntad política sino pedagogía institucional sostenida: universidades, iglesias, líderes comunitarios, psicólogos sociales, filósofos. También, que quienes tienen más poder den las primeras señales de contrición, porque sin modelaje desde arriba la pedagogía de la tolerancia suena hueca. Y requiere, sobre todo, que todos acepten que perder una elección no es el fin sino la condición que hace posible volver a ganar. Como escribió Mouffe, la confrontación entre adversarios –que no la guerra entre enemigos– es la condición previa de una democracia viva.
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Conceptualización y edición: Víctor Amaya | Redacción: Gisela Rodríguez, Luisa Quintero, Luna Perdomo, Roison Figuera, Aseret Ramírez, Gabriela Rojas, María de los Ángeles Graterol, Víctor Amaya | Redes sociales: Emily Placencia, María Araujo, María de los Ángeles Graterol | Diseño: Elsy Torres
Agradecimientos: Benigno Alarcón, Guillermo Tell Aveledo, Pedro Benítez, John Magdaleno
Especial 26 aniversario TalCual | Abril 2026
